Multa por carril bus o por cámara: qué pruebas valen y qué alegar

Manel Espinosa y Jorge Werner
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Usar el carril bus o un carril reservado sin estar autorizado es una infracción grave: 200 € (100 € con pronto pago) y sin pérdida de puntos. En ciudad la impone el ayuntamiento, casi siempre a partir de una cámara, y te llega por correo o por la DEV. Tienes 20 días naturales para alegar: la denuncia debe identificar el vehículo, el lugar, la fecha y la hora, y la señal que reserva el carril tiene que estar en vigor a esa hora.

Qué infracción es y cuánto cuesta

La Ley de Tráfico (LTSV) califica como grave incumplir las normas sobre utilización de carriles y cualquier ordenación especial del tráfico por razones de seguridad o fluidez (art. 76.c). El uso de los carriles reservados se ajusta a lo que indiquen las señales (art. 35.1 del Reglamento General de Circulación, RGC). La multa es de 200 € (art. 80.1) y no hay puntos, porque la conducta no está en el anexo II.

En vías urbanas sanciona el ayuntamiento (arts. 7 y 84.4 LTSV), que puede desarrollar las normas en su ordenanza sin contradecir el reglamento (art. 151 RGC). Como es grave sin puntos y no te la notificaron en el acto, si no pagas ni alegas en 20 días naturales la denuncia vale como resolución y se puede ejecutar a los 30 días (art. 95.4.b). Si pagas en esos 20 días, pagas 100 € y renuncias a alegar (art. 94). Cómo recurrir una multa del ayuntamiento.

SituaciónCalificaciónMultaPuntosNorma
Carril bus, taxi o VAO sin autorizaciónGrave200 €0Art. 76.c LTSV; art. 35 RGC
Zona de bajas emisiones sin cumplir sus restriccionesGrave200 €0Art. 76.z3 LTSV
Calle o zona de acceso restringido sin autorizaciónGrave según la ley; el RGC remite desde junio de 2026 a la muy grave del art. 77.l200 € (500 € si aplican la muy grave)0Art. 76.c LTSV; art. 37.6 RGC
Sin cinturón, captado por cámaraGrave200 €4Art. 76.h y anexo II.15 LTSV
Móvil sujeto con la mano, captado por cámaraGrave200 €6Art. 76.g y anexo II.8 LTSV
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Qué tiene que cumplir una multa puesta por cámara

La ley permite notificar después, sin parar el vehículo, cuando la infracción se conoce por medios de captación de imágenes que permiten identificarlo (art. 89.2.c LTSV). La denuncia debe recoger la identificación del vehículo, la identidad del denunciado si se conoce, una descripción del hecho con lugar, fecha y hora, y la identificación del agente o empleado denunciante (art. 87.2). Si no te pararon, el titular debe identificar al conductor cuando se le requiera (art. 11.1.a), y no hacerlo es otra infracción: multa por no identificar al conductor.

La denuncia de un agente tiene valor probatorio salvo prueba en contrario, sin perjuicio de su deber de aportar todas las pruebas posibles (art. 88). Con una cámara, la prueba es la imagen, y tienes derecho a obtener copia de los documentos del expediente (art. 53.1.a de la Ley 39/2015). Más en la presunción de veracidad del agente. La notificación va a la Dirección Electrónica Vial si la tienes y, si no, al domicilio que conste en la DGT (art. 90): notificación de multas, DEV y TEU.

Las cámaras de la DGT para el cinturón

La DGT explicó en su revista en 2017 cómo funcionan sus cámaras de cinturón: un programa revisa cada imagen, las fotos en las que no identifica el cinturón las revisan a mano dos operadores, que descartan las dudosas, y la Jefatura Provincial vuelve a comprobarlas antes de iniciar el procedimiento. La sanción es la de la ley: 200 € y 4 puntos por el cinturón (art. 76.h) y 200 € y 6 puntos por llevar el móvil en la mano (art. 76.g), que no se salvan pagando con descuento. Lo que se discute es lo que se ve en la foto: multa por cinturón o casco y multa por el móvil.

Zonas restringidas que no son ZBE

La autoridad puede prohibir el acceso a partes de la vía para determinados vehículos por seguridad, fluidez o motivos medioambientales (art. 37.1 RGC), y desde el 1 de octubre de 2026 los ayuntamientos pueden crear áreas de prioridad residencial con restricciones de acceso, circulación o estacionamiento (art. 152.3 RGC). Lo habitual es un sistema de autorizaciones (residentes, carga y descarga, garajes) y una cámara que lee la matrícula. Para las ZBE: multa de zona de bajas emisiones.

Mira qué artículo cita la denuncia. Desde el 6 de junio de 2026 el art. 37.6 RGC (reformado por el RD 450/2026) dice que circular sin autorización por vías con restricciones de seguridad, fluidez o medioambientales es infracción muy grave del art. 77.l de la ley (500 €). Pero las infracciones las clasifica la ley, y un reglamento solo puede introducir especificaciones sin alterar su naturaleza (art. 27 de la Ley 40/2015). Si te piden 500 € por entrar en una calle restringida, puedes alegar que la ley califica esa conducta como grave (art. 76.c, o 76.z3 en una ZBE).

Qué alegar con posibilidades

  • La señal no existía, estaba tapada o el carril no estaba reservado a esa hora. Aporta fotos del tramo con la señal y su horario.
  • La imagen no identifica el vehículo o la denuncia no reúne los datos del art. 87.2 LTSV.
  • Tenías autorización (residente, vehículo autorizado) y el sistema no la tenía registrada: aporta la autorización.
  • Maniobra permitida u ordenada: entrar al carril para girar donde la señalización lo permite o seguir las órdenes de un agente.
  • Prescripción y caducidad: seis meses para la grave y un año para resolver (art. 112 LTSV).

Lo práctico: pide la fotografía y el expediente en cuanto recibas la denuncia, vuelve al lugar y fotografía la señal con su horario, y cuenta los 20 días naturales. Si la foto es clara y la señal estaba, los 100 € del pronto pago son la salida más barata. Quién multa en cada caso: multas de comunidades y ayuntamientos.

Preguntas que nos hacéis cada semana

¿Pierdo puntos por circular por el carril bus?

No. Es grave, pero no está en el anexo II de la Ley de Tráfico. Sí restan puntos el cinturón (4) y el móvil en la mano (6).

¿Puedo usar el carril bus para girar a la derecha?

Solo si la señalización de ese tramo lo permite (art. 35.1 RGC). Revisa las marcas viales y la ordenanza de tu ciudad.

¿La cámara tiene que estar homologada?

Los aparatos que miden, como radares y etilómetros, tienen control metrológico (Orden ICT/155/2020). Una cámara que solo fotografía no mide: lo que se exige es que la imagen identifique el vehículo, el lugar, la fecha y la hora (art. 87.2 LTSV).

Me han llegado dos multas del mismo carril en un minuto.

Si son el mismo hecho, alega que no pueden sancionarte dos veces por él: non bis in idem.

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→ Multa de zona de bajas emisiones
→ Recurrir una multa del ayuntamiento
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