Multa de radar: cuánto es, márgenes de error y cuándo es delito

Manel Espinosa y Jorge Werner
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Una multa de radar se calcula sobre la velocidad medida menos un margen de error. La Orden ICT/155/2020 fija el error máximo de los aparatos en servicio: ±5 km/h hasta 100 km/h y ±5 % por encima en los radares fijos, y ±7 km/h o ±7 % en los que van montados en un vehículo en movimiento (Orden ICT/155/2020). Con esa velocidad corregida se aplica el cuadro: de 100 € sin puntos a 600 € y 6 puntos. Y si superas el límite en más de 60 km/h en ciudad o en más de 80 km/h en interurbana, ya no es una multa: es un delito con privación del permiso de más de uno y hasta cuatro años (art. 379.1 del Código Penal). Las multas de radar caen sobre todo por tres cosas: el aparato no tenía la verificación anual en vigor, la foto no identifica bien el vehículo o la notificación llegó fuera de plazo.

El cuadro: cuánto y cuántos puntos

Ejemplos con los dos límites más habituales (anexo IV de la Ley de Tráfico). La velocidad es la ya corregida con el margen.

Multa y puntosVía limitada a 50 km/hVía limitada a 120 km/h
100 € · 0 puntos (grave)51 a 70121 a 150
300 € · 2 puntos (grave)71 a 80151 a 170
400 € · 4 puntos (grave)81 a 90171 a 180
500 € · 6 puntos (grave)91 a 100181 a 190
600 € · 6 puntos (muy grave)101 o más191 o más
Delito (art. 379.1 CP)111 o más201 o más

El delito se castiga con prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y siempre con la privación del permiso de más de uno y hasta cuatro años. Los tribunales aplican también aquí el margen de error del aparato: el Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo examinó los distintos tipos de cinemómetros a estos efectos en su sentencia 184/2018, de 17 de abril (rec. 875/2017). Si te pasa, ve directamente a delitos al volante.

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Los márgenes de error, explicados con números

  • Radar fijo o estático (en un poste, un trípode o un coche parado): ±5 km/h hasta 100 km/h y ±5 % por encima. Si te miden a 112 en una vía de 50, el margen es del 5 % (5,6 km/h) y la velocidad que cuenta es 106,4: 600 € y 6 puntos, pero no delito.
  • Radar en un vehículo en movimiento: ±7 km/h hasta 100 km/h y ±7 % por encima. A 160 medidos en una vía de 120, la velocidad corregida es 148,8: 100 € y ningún punto.
  • Radar de tramo y radar desde helicóptero: se aplican los errores máximos de la evaluación de la conformidad (anexo XII, apéndice I, punto 3.1.1): en el tramo, ±3 km/h hasta 100 km/h y ±3 % por encima; en el helicóptero, ±5 % en la medida de la velocidad.

La Orden ICT/155/2020 fija el error máximo que puede tener el aparato, no ordena literalmente descontarlo al multar. La DGT anunció en febrero de 2015 que en todos sus radares fijos y móviles, salvo los de helicóptero, aplica una tolerancia de 7 km/h hasta 100 km/h y del 7 % por encima. Si en tu multa no consta qué margen se ha aplicado, es un motivo de alegación.

Pide siempre el certificado de verificación. Todo cinemómetro tiene que pasar una verificación periódica anual (Orden ICT/155/2020, anexo XII) y, después de cualquier reparación, una verificación posterior. En las alegaciones se pide que se aporte el certificado vigente en la fecha de la multa. Si no lo aportan o estaba caducado, la medición no vale como prueba.

Qué más se revisa en una multa de radar

  1. La foto: matrícula legible, que el vehículo sea el tuyo (marca, modelo, color) y que no haya otro vehículo en el haz que pudiera ser el medido.
  2. El lugar y el límite: que el punto kilométrico tenga ese límite y no otro (obras, travesías, límites que cambiaron).
  3. La notificación: el radar no para al conductor, así que la multa llega por correo o a la DEV. La infracción grave prescribe a los 6 meses.
  4. Quién conducía: la foto no tiene que mostrar al conductor. Si no eras tú, tienes que identificar a quien conducía en 20 días; si no lo haces, la multa por no identificar es el triple. Lo explicamos en identificar al conductor.

Nuestro precio publicado: recurso de una multa de radar con retirada de puntos, 390 €, IVA incluido; si no te quitan puntos, la consulta es gratis y te decimos si merece la pena recurrir. Si la multa roza el umbral del delito o ya te han citado al juzgado, la defensa penal tiene su propio precio cerrado.

Preguntas que nos hacéis cada semana

¿Tienen que avisar de los radares?

Los radares fijos se señalizan y la DGT publica su ubicación, pero no hay una norma que condicione la validez de la multa a un cartel de aviso del radar. Lo que se discute con éxito es el aparato, la medición y la notificación.

Me han multado dos veces en el mismo viaje por dos radares distintos. ¿Es legal?

En principio sí, si son dos infracciones distintas en puntos distintos. Lo que no puede haber es dos sanciones por la misma medición o por el mismo tramo controlado. Revisamos las dos.

¿Cuánto tarda en llegar una multa de radar?

No hay un plazo fijo para enviarla. Como la infracción grave prescribe a los 6 meses, una notificación que llega más tarde sin actuaciones intermedias que hayas conocido es un argumento para anularla.

Iba a 140 en autovía. ¿Me quitan puntos?

Con el margen del 5 % de un radar fijo, 133; con el 7 % que la DGT dice aplicar, 130,2. En los dos casos, entre 121 y 150: multa de 100 € y ningún punto.

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