
Una multa de tráfico se notifica en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si la tienes; si no, en el domicilio que indicaste para el procedimiento o en el que consta en Tráfico, y si eso falla, en el Tablón Edictal Único del BOE (arts. 90 y 91 de la Ley de Tráfico). La notificación en la DEV que no abres en diez días naturales se tiene por rechazada y por hecha; el edicto, a los veinte días naturales de publicarse. Si te notificaron mal, puedes defenderte, pero hay que demostrarlo con el expediente.
Dónde te tienen que notificar, y en qué orden
El texto refundido de la Ley sobre Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015, LTSV) fija una cadena: primero la DEV; si no la tienes, el domicilio que hayas indicado expresamente para el procedimiento y, si no indicaste ninguno, el que figure en los registros de la Jefatura Central de Tráfico (art. 90.1). Solo cuando no se puede notificar por esas vías se publica en el BOE (art. 91).
| Canal | Para quién | Cuándo se entiende notificada | Norma |
|---|---|---|---|
| DEV | Obligatoria para personas jurídicas; voluntaria para personas físicas | Al abrirla. Si no la abres en diez días naturales, se tiene por rechazada y el trámite por hecho, salvo imposibilidad técnica o material de acceso | Arts. 60.5 y 90.2 LTSV; arts. 14.2 y 43.2 de la Ley 39/2015 |
| Carta al domicilio | Quien no tiene DEV | Al entregarla a ti o a quien esté en el domicilio y se identifique. Si no hay nadie, segundo intento en los tres días siguientes. Si la rechazas, se tiene por hecha | Art. 90.3 LTSV |
| Tablón Edictal Único (BOE) | Cuando fallan las vías anteriores | A los veinte días naturales de la publicación | Art. 91 LTSV; art. 44 de la Ley 39/2015 |
| TESTRA (tablón de la DGT) | Uso previo y facultativo | No sustituye al BOE | Art. 92 LTSV |
Cataluña y el País Vasco pueden notificar por sus propias plataformas a quien las elija (disposición adicional quinta LTSV), y los organismos que no se han incorporado a la DEV siguen notificando por correo.
La DEV: alta, avisos y plazos
Te das de alta en la sede de la DGT con certificado digital o DNI electrónico y, desde ese momento, la DGT te notifica las multas solo por ese canal. Envía avisos por correo electrónico y SMS, pero el aviso no es la notificación: su falta no impide que la notificación sea válida (art. 41.6 de la Ley 39/2015). Lo que cuenta es la fecha en que la multa se pone a tu disposición en el buzón.
Ejemplo de cómputo: la multa se pone a tu disposición el 1 de octubre y no la abres. Pasados diez días naturales, el 11 de octubre, se tiene por notificada, y los veinte días naturales para pagar con descuento o alegar van del 12 al 31 de octubre (art. 94 LTSV). Si la abres el día 3, van del 4 al 23.
Una persona física puede darse de baja de la DEV. Quien no está obligado a relacionarse electrónicamente puede pedir en cualquier momento que dejen de notificarle por ese medio (art. 41.1 de la Ley 39/2015), y la sede de la DGT tiene el trámite de baja. Si te diste de alta hace años y ya no entras en el buzón, las multas te siguen llegando allí y los plazos corren igual.
Tu domicilio en Tráfico tiene plazo
El domicilio que comunicas a Tráfico es el que se usa para notificarte (art. 60.1 LTSV), y cualquier cambio hay que comunicarlo en quince días, como conductor (art. 10 del Reglamento General de Conductores) y como titular del vehículo (art. 30.2 del Reglamento General de Vehículos). Se hace en la sede de la DGT, en la app miDGT o en el Punto de Acceso General. Si no lo haces, la carta enviada al domicilio antiguo con sus dos intentos vale, después llega el BOE y la multa puede acabar en vía de apremio sin que te enteres.
Qué alegar si la multa nunca te llegó
Para el Tribunal Constitucional, el edicto en un procedimiento sancionador es un remedio último, supletorio y excepcional: antes hay que agotar las vías que aseguren la recepción e intentar la notificación en el domicilio que conste en otros registros públicos, y no basta un único intento en el domicilio del DNI devuelto como «desconocido» (STC 82/2019, de 17 de junio, FJ 3). En ese caso se vulneraron los derechos a ser informado de la acusación y a la defensa (art. 24.2 de la Constitución) y el Tribunal anuló la sanción y la providencia de apremio.
- Notificaron solo en la DEV sin que la tuvieras, o no consta la puesta a disposición en el buzón (art. 90.2).
- Un solo intento en papel, o dos sin constancia del día y la hora, o en un domicilio distinto del que figuraba en Tráfico (art. 90.3). El Supremo exige que el justificante del intento identifique el expediente, la fecha y el contenido del acto, y no basta la referencia numérica del aviso de Correos (SSTS de 1 de octubre de 2025, rec. 926/2024, y de 6 de mayo de 2026, rec. 1010/2024, dictadas en sanciones de extranjería).
- Edicto sin intentos previos válidos: el BOE solo procede cuando lo anterior ha fallado (art. 91).
- Notificación incompleta: sin el texto íntegro o sin indicar los recursos, el órgano y el plazo (art. 40.2 de la Ley 39/2015). Solo surte efecto desde que actúas o recurres (art. 40.3).
Cuando presentas un escrito, la notificación defectuosa se entiende hecha ese día (art. 40.3): los plazos empiezan entonces y puedes discutir la caducidad y la prescripción. Si te enteras por un embargo, la falta de notificación es uno de los motivos tasados para oponerse a la providencia de apremio (art. 167.3.c de la Ley General Tributaria, a la que remite el art. 110.2 LTSV).
Lo práctico: pide el expediente completo (art. 53.1.a de la Ley 39/2015) y revisa los acuses de Correos y el registro de la DEV. En la web del BOE puedes activar con Cl@ve una alerta de anuncios de notificación del Tablón Edictal Único, y en la sede de la DGT, consultar las multas pendientes de notificar. Guarda los avisos de Correos.
Preguntas que nos hacéis cada semana
Me llegó un SMS de la DGT y no abrí nada. ¿Me han notificado?
El SMS es solo un aviso. La notificación está en el buzón de la DEV y se tiene por hecha a los diez días naturales de ponerse a tu disposición aunque no la abras (art. 90.2 LTSV).
Estaba de viaje y no pude entrar en la DEV. ¿Vale?
La ley solo salva la imposibilidad técnica o material de acceso (art. 90.2). Estar fuera no lo es, porque el buzón se consulta por internet.
Firmó la carta un vecino que estaba en mi casa. ¿Es válida?
Sí. Puede hacerse cargo cualquier persona que se encuentre en el domicilio y haga constar su identidad (art. 90.3 LTSV).
¿Cómo sé si tengo multas publicadas en el BOE?
En boe.es/notificaciones puedes buscar anuncios y activar una alerta con Cl@ve, y la sede de la DGT permite consultar las multas pendientes de notificación (TESTRA/TEU).
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Continúa tu historia
→ Pagar con descuento o alegar: los 20 días
→ Caducidad: cuándo se archiva la multa
→ Prescripción de infracciones y multas
→ Si te enteras por el embargo
→ Recurso de reposición y de alzada
Marco legal: arts. 60, 90 a 92, 94 y 110 y disposición adicional quinta del texto refundido de la Ley sobre Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015) · arts. 14, 40, 41, 43, 44 y 53 de la Ley 39/2015 · art. 10 del Real Decreto 818/2009 · art. 30.2 del Real Decreto 2822/1998 · art. 167.3 de la Ley General Tributaria · STC 82/2019 · SSTS de 1 de octubre de 2025 (rec. 926/2024) y de 6 de mayo de 2026 (rec. 1010/2024). Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
