
Para anular una inversión por error tienes cuatro años de caducidad desde la consumación del contrato (art. 1301 del Código Civil), y en productos complejos el Supremo cuenta ese plazo desde que pudiste conocer el riesgo real. La indemnización de daños contra la entidad prescribe a los cinco años (art. 1964.2), la responsabilidad por el folleto a los tres desde que pudiste conocer la falsedad (art. 38 de la Ley 6/2023) y la de los administradores a los cuatro (art. 241 bis de la Ley de Sociedades de Capital). Una reclamación escrita a la entidad interrumpe la prescripción (art. 1973), pero no cuentes con ella para parar la caducidad.
La tabla de plazos
| Acción | Plazo | Desde cuándo | Se interrumpe con una reclamación escrita |
|---|---|---|---|
| Anulación por error o dolo | 4 años, caducidad | Consumación del contrato (art. 1301 CC) | No cuentes con ello; se suspende al solicitar un MASC (art. 7.1 LO 1/2025) |
| Indemnización de daños contra la entidad (art. 1101 CC) | 5 años | Desde que pudo ejercitarse (arts. 1964.2 y 1969 CC) | Sí (art. 1973 CC) |
| Responsabilidad por el folleto | 3 años | Desde que pudiste conocer la falsedad u omisión (art. 38.2 Ley 6/2023) | Prescripción: sí |
| Responsabilidad de los administradores, social o individual | 4 años | Desde que pudo ejercitarse (art. 241 bis LSC) | Prescripción: sí |
| Nulidad absoluta | No prescribe | La devolución del dinero sí tiene plazo |
La anulación por error: cuándo se consuma una inversión
El art. 1301 del Código Civil fija cuatro años desde la consumación del contrato. En productos financieros complejos, el Pleno del Supremo entendió que la consumación no es la firma: el plazo empieza cuando el cliente pudo conocer los riesgos reales del producto (STS 769/2014, de 12 de enero de 2015). En los swaps, la consumación es la extinción del contrato (STS 89/2018, de 19 de febrero). Si hay varios contratos vinculados que forman un negocio único, el plazo corre desde que se consuma el último.
En preferentes y subordinadas, el Supremo busca el momento en que se pudo conocer el riesgo: la falta de mercado para venderlas o la insolvencia del emisor (STS de 17 de julio de 2026, rec. 3657/2019). Ni la suspensión de cupones de 2009 ni las ofertas de canje de 2010 y 2013 bastaron por sí solas en un caso en que los cupones se volvieron a pagar en 2013, 2014 y 2015 (STS de 20 de julio de 2026, rec. 1656/2021). Además, la acción puede ejercitarse mientras el contrato está vivo.
La caducidad la aprecia el juez aunque nadie la alegue (STS de 1 de julio de 2026, ECLI:ES:TS:2026:2907). El art. 1973, que admite interrumpir con una reclamación extrajudicial, habla de la prescripción: no cuentes con un burofax para parar la caducidad. La ley sí prevé que la suspenda, además de la demanda, la solicitud de un medio adecuado de solución de controversias: se suspende desde el intento de comunicación y se reanuda si en 30 días naturales no hay reunión ni respuesta escrita (art. 7.1 de la Ley Orgánica 1/2025). Ejemplo: si tu producto venció el 1 de marzo de 2023, el plazo de cuatro años termina el 1 de marzo de 2027.
La acción de daños: cinco años y el régimen transitorio
La indemnización por incumplir el deber de información se basa en el art. 1101 del Código Civil y prescribe con el plazo general de las acciones personales: quince años antes de octubre de 2015 y cinco desde entonces (art. 1964.2, en la redacción de la Ley 42/2015). El Supremo ha descartado aplicar el plazo del Código de Comercio (STS de 9 de febrero de 2026, ECLI:ES:TS:2026:421).
Para las acciones nacidas antes del 7 de octubre de 2015, la disposición transitoria quinta de la Ley 42/2015, con el art. 1939 del Código Civil, hace que el plazo de cinco años se cuente desde esa fecha si termina antes que el antiguo de quince; a eso se suman los 82 días que estuvieron suspendidos los plazos en 2020. La prescripción se interrumpe por reclamación judicial, por reclamación extrajudicial del acreedor y por reconocimiento de la deuda (art. 1973), y vuelve a empezar desde cero.
Folleto, administradores y otras acciones
- Folleto de una emisión o salida a bolsa. Responden el emisor, el oferente, sus administradores y otras personas que asuman el folleto (art. 38.1 de la Ley 6/2023). La acción prescribe a los tres años desde que pudiste conocer la falsedad u omisión. Responsabilidad por el folleto.
- Administradores de la sociedad en la que invertiste. Cuatro años desde que la acción pudo ejercitarse (art. 241 bis LSC). La responsabilidad por deudas por no disolver la sociedad (art. 367) sigue otro criterio. El inversor frente a los administradores.
- Nulidad absoluta. La acción para declararla no prescribe, pero la restitución del dinero es una acción personal sujeta al art. 1964 (STS 791/2024, de 4 de junio).
Lo práctico: anota hoy la fecha de compra, la de vencimiento o venta, la del último cupón y la de la primera noticia seria del problema (impago, quiebra, canje). Con esas cuatro fechas se calcula qué acciones siguen vivas. Si dudas entre dos fechas, toma la más antigua y actúa antes.
Preguntas que nos hacéis cada semana
Compré hace más de cuatro años. ¿Ya no puedo reclamar?
No necesariamente. Los cuatro años de la anulación cuentan desde la consumación o desde que pudiste conocer el riesgo, no desde la firma. Y la acción de daños tiene cinco años.
¿Un burofax al banco para el plazo?
Interrumpe la prescripción de la acción de daños (art. 1973 CC). Para la caducidad de la acción de anulación no cuentes con él: presenta la demanda o una solicitud de MASC a tiempo.
¿Y si los cupones se siguieron pagando?
El Supremo lo ha tenido en cuenta para retrasar el inicio del plazo en preferentes cuyos cupones se reanudaron (STS de 20 de julio de 2026).
¿Pedir un MASC me protege?
Sí: la solicitud interrumpe la prescripción y suspende la caducidad, y la demanda debe presentarse en el año siguiente (art. 7 de la Ley Orgánica 1/2025).
¿Valen estos plazos para los herederos?
Sí: los herederos suceden en las acciones del fallecido (art. 661 CC) y los plazos son los mismos. Heredar inversiones.
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Marco legal: arts. 1101, 1301, 1939, 1964, 1969 y 1973 del Código Civil · disposición transitoria quinta de la Ley 42/2015 · art. 38 de la Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión · art. 241 bis de la Ley de Sociedades de Capital · art. 7 de la Ley Orgánica 1/2025 · SSTS 769/2014 (Pleno), 89/2018 (Pleno), 791/2024 y de 9 de febrero, 1 de julio, 17 de julio y 20 de julio de 2026. Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
