Invertir con una plataforma de crowdfunding: qué te protege y qué no

Manel Espinosa y Jorge Werner
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Si inviertes prestando dinero a empresas o comprando participaciones a través de una plataforma de crowdfunding, la plataforma tiene que estar autorizada conforme al Reglamento (UE) 2020/1503 (en España, por la CNMV) o venir de otro país de la UE con pasaporte. Antes de dejarte invertir debe hacerte una prueba de conocimientos, entregarte una ficha de datos fundamentales de cada proyecto y, si no eres inversor experimentado, darte cuatro días naturales para retirar tu oferta. Lo que no tienes es garantía: ni el Fondo de Garantía de Depósitos ni el sistema de indemnización de inversores cubren estas inversiones.

Qué plataformas entran en el régimen europeo

El Reglamento (UE) 2020/1503 se aplica desde el 10 de noviembre de 2021 (art. 51) a los proveedores que conectan a inversores con empresas que buscan financiación, de dos formas: facilitando préstamos o colocando valores negociables y participaciones de sociedades limitadas (art. 2.1.a). En España las autoriza la CNMV y las inscribe en un registro público (arts. 47 a 49 de la Ley 5/2015).

Una plataforma autorizada en otro Estado miembro puede operar en España con pasaporte (art. 18), y la AEVM (ESMA) publica un registro de todos los proveedores de la Unión (art. 14). Quedan fuera del Reglamento las ofertas de más de 5 millones de euros en doce meses por promotor y los préstamos a consumidores (art. 1.2); en España, quien las haga se somete igualmente al Reglamento, sin pasaporte y en un registro aparte de la CNMV (art. 55 de la Ley 5/2015). El crowdfunding de recompensa o de donación es otra cosa: lo tratamos aquí.

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Los filtros antes de invertir

Una persona física solo es inversor experimentado si cumple dos de estas condiciones y lo pide: ingresos brutos de 60.000 € al año o una cartera financiera de más de 100.000 €; experiencia profesional en el sector financiero; o una media de diez operaciones significativas por trimestre en el último año (anexo II). Si no, eres no experimentado y te aplican estas protecciones:

ProtecciónEn qué consisteNorma
Prueba inicial de conocimientosPreguntas sobre experiencia, objetivos, situación financiera y comprensión del riesgo. Si no la superas, te advierten de que puedes perder todo lo invertido y debes reconocerlo expresamenteArt. 21.1 a 21.4
Simulación de pérdidasCalculas cuánto podrías perder: el 10 % de tu patrimonio neto, sin contar tu vivienda ni otros inmuebles ni tus planes de pensionesArt. 21.5 y 21.6
Advertencia reforzadaCada vez que aceptes una oferta de más de 1.000 € o del 5 % de tu patrimonio neto (la cifra mayor), advertencia, consentimiento expreso y prueba de que entiendes el riesgoArt. 21.7
Ficha de datos fundamentalesUn documento de cada proyecto, de seis caras como máximo, elaborado por el promotorArt. 23 y anexo I
Periodo de reflexiónPuedes revocar tu oferta sin explicaciones ni penalización durante cuatro días naturales desde que la hacesArt. 22.2 y 22.3

Ejemplo calculado: con un patrimonio neto computable de 40.000 €, el 5 % son 2.000 €. Como esa cifra supera los 1.000 €, la advertencia reforzada saltará en cada oferta de más de 2.000 €. La simulación de capacidad de pérdida será de 4.000 € (el 10 %).

Los 1.000 € no son un tope. Con la Ley 5/2015 un inversor no acreditado no podía poner más de 3.000 € por proyecto ni más de 10.000 € al año en una misma plataforma (antiguo art. 82, derogado desde el 10 de noviembre de 2022). Hoy no hay límite: el Reglamento dice expresamente que no se impedirá invertir al no experimentado (art. 21.6). La protección consiste en advertirte, no en frenarte, así que el control lo tienes que poner tú.

Cómo leer la ficha de datos fundamentales

La ficha advierte de que la oferta no ha sido verificada ni aprobada por la CNMV ni por la AEVM y recomienda no invertir más del 10 % de tu patrimonio neto en estos proyectos (art. 23.6). Fíjate en esto (anexo I):

  • Quién es el promotor, sus cifras de los tres últimos años, cuánto dinero propio pone y qué pasa si no se alcanza el objetivo (partes A y B).
  • Si es un préstamo: duración, interés, calendario, garantías o avales, impagos del promotor en los últimos cinco años y cómo se gestionará el préstamo si deja de pagar (parte G).
  • Si son acciones o participaciones: tus derechos, las restricciones para venderlas y las posibilidades reales de salir (parte F).
  • Comisiones que pagas y a quién reclamar (parte H).

Si la ficha es engañosa, inexacta u omite datos fundamentales, responde civilmente el promotor o sus administradores (art. 23.10 del Reglamento y art. 51 de la Ley 5/2015). La plataforma debe actuar en tu mejor interés (art. 3.2) y hacer una diligencia debida mínima sobre el promotor (art. 5).

Qué cambió respecto a la Ley 5/2015

AspectoLey 5/2015 (hasta 2022)Reglamento (UE) 2020/1503
Límite por inversor no acreditado3.000 € por proyecto y 10.000 € al año por plataformaSin tope; advertencia reforzada por encima de 1.000 € o del 5 % del patrimonio
Importe por proyectoHasta 2 millones (5 millones con solo acreditados)Hasta 5 millones en doce meses por promotor
ÁmbitoSolo EspañaPasaporte en toda la UE

El periodo transitorio para las plataformas autorizadas con la ley anterior terminó el 10 de noviembre de 2023 (Reglamento Delegado (UE) 2022/1988).

Lo que no te protege

La plataforma debe decirte que estas inversiones no están cubiertas por el Fondo de Garantía de Depósitos ni por el sistema de indemnización de los inversores (art. 19.2). Si te ofrecen un «fondo de contingencia», el propio Reglamento obliga a advertir de que no te da derecho a cobrar nada (art. 6.5). Tampoco hay liquidez asegurada: el tablón de anuncios donde otros inversores ofrecen sus posiciones no casa órdenes y su precio de referencia no es vinculante (art. 25).

Antes de poner el primer euro: ① busca la plataforma en el registro de la CNMV o, si es extranjera, en el de la AEVM; ② comprueba que el nombre y la web coinciden con los del registro, porque hay webs que suplantan a entidades autorizadas; ③ lee la ficha entera, incluida la parte G si es un préstamo; ④ guarda la ficha y el contrato en PDF el día que inviertes.

Preguntas que nos hacéis cada semana

¿Cómo compruebo que la plataforma está autorizada?

En el registro de la CNMV o, si opera desde otro país, en el de la AEVM, y comprobando que la web coincide. Si no aparece, no es crowdfunding regulado: lee chiringuitos financieros.

¿Puedo invertir más de 1.000 € en un proyecto si no soy inversor experimentado?

Sí. No hay límite legal. La plataforma te dará una advertencia reforzada, te pedirá consentimiento expreso y que demuestres que entiendes la inversión cada vez que superes los 1.000 € o el 5 % de tu patrimonio neto, la cifra que sea mayor (art. 21.7 del Reglamento).

¿Cómo me echo atrás después de invertir?

Como inversor no experimentado tienes cuatro días naturales desde que haces la oferta para revocarla sin justificar nada y sin penalización, por el mismo canal por el que invertiste (art. 22). Después, solo vendiendo en el tablón si alguien compra.

¿Cómo tributan los intereses que cobro?

Son rendimientos del capital mobiliario y van a la base del ahorro, al 19 % hasta 6.000 € (DGT V2189-21). Lo explicamos en el promotor del crowdlending no paga, con lo que pasa si dejan de pagarte.

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