
Cuando firmas una gestión discrecional, con un banco o con un robo-advisor, autorizas a la entidad a comprar y vender por ti dentro de un mandato y de un perfil de riesgo. A cambio, la entidad debe evaluar tu idoneidad, enviarte informes periódicos, avisarte si la cartera cae un 10 % y no quedarse incentivos de terceros. Si sale mal, no se reclama cada compra por separado: se reclama porque el gestor se salió del mandato, no evaluó bien tu perfil o no te informó, normalmente con una acción de daños que prescribe a los cinco años.
Qué contratas y qué no
La gestión de carteras es un servicio de inversión (art. 125.1.d de la Ley 6/2023) distinto del asesoramiento (art. 125.1.g): en el asesoramiento te recomiendan y decides tú; en la gestión decide el gestor. Un robo-advisor no es una figura legal aparte: si invierte tu dinero según un algoritmo dentro de un mandato, presta gestión de carteras y necesita autorización e inscripción en la CNMV o el Banco de España (art. 129).
La entidad debe firmar contigo un acuerdo por escrito, en papel o soporte duradero, con los derechos y obligaciones esenciales de cada parte (art. 58 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565). Ese contrato y el cuestionario de perfil son los dos documentos que más pesan si algún día reclamas.
Tu perfil y el mandato
Antes de gestionar, la entidad debe obtener información sobre tus conocimientos y experiencia, tu situación financiera, incluida tu capacidad para soportar pérdidas, y tus objetivos, incluida tu tolerancia al riesgo, para que el servicio sea idóneo para ti (art. 204.1 Ley 6/2023). Si no obtiene esa información, no puede recomendarte servicios ni instrumentos (art. 204.5).
El Supremo anuló un contrato de gestión de carteras en el que no constaba que se hubiera preguntado a los clientes por el riesgo que querían asumir ni la relación detallada de las operaciones e instrumentos sobre los que debía recaer la gestión (STS de 6 de octubre de 2015, rec. 2044/2013). Y en otro caso, en el que el cliente era una SICAV, dijo que la diligencia del gestor se valora en relación con el conjunto de las inversiones hechas por cuenta del cliente, de modo que una inversión fallida dentro de los límites que el cliente había autorizado no basta para condenar (STS de 9 de julio de 2015, rec. 2511/2013).
No pidas la nulidad de cada compra. En una gestión discrecional, las compras las hace el gestor sin tu consentimiento expreso para cada una. El Supremo rechazó la nulidad por error de una adquisición concreta porque el cliente no había atacado el contrato de gestión ni alegado que el gestor se excediera de las condiciones pactadas (STS de 9 de julio de 2018, rec. 3396/2015). Lo que se discute es el contrato, el perfil o la extralimitación.
Lo que te deben informar
| Obligación | Contenido | Norma |
|---|---|---|
| Estado periódico | Contenido y valoración de la cartera, rendimiento, honorarios y gastos totales, comparación con el índice de referencia pactado. Trimestral como regla general; mensual si la cartera está apalancada. | Art. 60 Reglamento Delegado (UE) 2017/565 |
| Aviso de caída del 10 % | Si el valor global de la cartera al inicio del período cae un 10 %, y luego en múltiplos del 10 %, a más tardar al final del día hábil en que se supera el umbral. | Art. 62.1 del mismo Reglamento |
| Ajuste a tu perfil | Cada informe periódico debe explicar cómo la inversión se ajusta a tus preferencias, objetivos y características. | Art. 204.8 Ley 6/2023 |
| Costes | Informes en soporte duradero que incluyan, en su caso, los costes de las operaciones y servicios. | Art. 202.1 Ley 6/2023 |
Ejemplo calculado: si tu cartera valía 100.000 € al comienzo del trimestre, la entidad debe avisarte cuando baje de 90.000 € (10 %) y otra vez al bajar de 80.000 € (20 %).
Comisiones e incentivos
Quien te presta gestión de carteras no puede aceptar ni quedarse honorarios, comisiones ni otros beneficios pagados por terceros, por ejemplo por la gestora de los fondos que mete en tu cartera, salvo beneficios no monetarios menores que mejoren el servicio y se te comuniquen (art. 215 Ley 6/2023). Si el estado periódico muestra fondos de la propia entidad o clases de participaciones más caras sin justificación, pregunta por escrito. Las comisiones de los fondos se explican en fondos de inversión y comisiones.
Cómo reclamar
- Reúne el contrato, el cuestionario de idoneidad, los estados periódicos y los avisos del 10 % (o la prueba de que no llegaron).
- Reclama al servicio de atención al cliente de la entidad por escrito; tiene un mes para responder (fichas banco, Ley 44/2002 tras la Ley 10/2025).
- Acude a la CNMV si no responden o te lo deniegan: resuelve en 90 días naturales con un informe que no obliga a la entidad (art. 30 Ley 44/2002).
- Demanda por incumplimiento contractual y daños (art. 1101 del Código Civil). Es una acción personal que prescribe a los cinco años desde que puede exigirse (art. 1964.2 CC). Si pides la nulidad del contrato por error, el plazo es de cuatro años desde la consumación (art. 1301 CC): plazos del inversor.
Lo práctico: descarga hoy de la app o la web todos los estados periódicos y el cuestionario que rellenaste. Si la entidad no te los da, pídelos por escrito: el contrato debe constar en su registro de contratos (art. 210 Ley 6/2023). Más sobre el test en test de idoneidad y conveniencia.
Preguntas que nos hacéis cada semana
¿Un robo-advisor responde igual que un banco?
Sí. Si presta gestión de carteras, tiene las mismas obligaciones de idoneidad, información e incentivos que cualquier entidad que preste ese servicio.
Elegí un perfil «dinámico» en la app sin entenderlo. ¿Puedo reclamar?
Depende de cómo se te preguntó y de tus conocimientos, situación y objetivos. La entidad debe recabar esa información para que el servicio sea idóneo; si el cuestionario no la recogía o la cartera no se correspondía con tus respuestas, hay base para revisar el caso.
¿Pierdo la reclamación si he cobrado rentabilidades en años anteriores?
No por eso. Pero el juez valora la diligencia del gestor en el conjunto de la cartera, no operación por operación.
¿Puedo cancelar la gestión y quedarme con los fondos?
Revisa el contrato: normalmente puedes revocar el mandato y traspasar o vender. Antes de vender, comprueba la fiscalidad en fiscalidad del ahorro.
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Continúa tu historia
→ Test de idoneidad y de conveniencia
→ Fondos de inversión: comisiones
→ Reclamar al banco por una mala venta
→ Dónde reclamar según quién te vendió el producto
→ Prescripción y caducidad de las acciones del inversor
Marco legal: arts. 125, 129, 202, 204 y 215 de la Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión · arts. 58, 60 y 62 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565 · arts. 29 y 30 de la Ley 44/2002 (redacción de la Ley 10/2025) · arts. 1101, 1301 y 1964.2 del Código Civil · SSTS de 9 de julio de 2015 (rec. 2511/2013), 6 de octubre de 2015 (rec. 2044/2013) y 9 de julio de 2018 (rec. 3396/2015). Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
