
El test de conveniencia comprueba si tienes conocimientos y experiencia para entender el producto; el de idoneidad, que solo se hace cuando la entidad te asesora o gestiona tu cartera, mira además tu situación financiera y tus objetivos. Ninguno de los dos es un trámite: si el banco no lo hizo, lo hizo mal o te colocó un producto que no encajaba con el resultado, eso pesa a tu favor en una reclamación por error o por daños. Puedes pedir copia de todos los tests que firmaste.
Dos tests distintos según el servicio que te prestan
La Ley 6/2023, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión (la que recoge la directiva MiFID II), no exige el mismo examen siempre: lo decide el servicio que te presta la entidad.
| Servicio | Test | Qué evalúa | Norma |
|---|---|---|---|
| Asesoramiento en materia de inversión o gestión de tu cartera | Idoneidad | Conocimientos y experiencia, situación financiera (incluida tu capacidad para soportar pérdidas) y objetivos (incluida tu tolerancia al riesgo) | Art. 204 Ley 6/2023 |
| Comercialización sin asesoramiento (te ofrecen o pides un producto) | Conveniencia | Solo conocimientos y experiencia en ese tipo de producto | Art. 205 Ley 6/2023 |
| Solo ejecutar o transmitir tus órdenes | Ninguno, si se cumplen todas las condiciones | Producto no complejo, a tu iniciativa y con aviso claro de que no se evalúa | Art. 207 Ley 6/2023 |
En el asesoramiento, antes de la operación te deben entregar una declaración de idoneidad que explique por qué lo recomendado se ajusta a ti (art. 204.6). En la comercialización sin asesoramiento, te deben dar copia del test (art. 205.3), advertirte si el producto no es adecuado para ti (art. 205.4) y, si es complejo y aun así quieres comprarlo, el contrato debe llevar una frase escrita de tu puño y letra diciendo que te advirtieron (art. 205.6).
Qué preguntas te hacen y para qué sirven
El Reglamento Delegado (UE) 2017/565, al que remiten la ley y el Real Decreto 813/2023 (arts. 116 y 117), fija lo que debe preguntarse sobre conocimientos y experiencia: los tipos de servicios, operaciones e instrumentos con los que estás familiarizado; la naturaleza, el volumen y la frecuencia de tus operaciones y durante cuánto tiempo las has hecho; y tu nivel de estudios y tu profesión (art. 55.1). La entidad no puede disuadirte de contestar (art. 55.2).
Ojo: la entidad puede confiar en lo que declaras (art. 55.3 del mismo reglamento). Si exageras tu experiencia para poder comprar, ese papel se usará después en tu contra.
No firmes la renuncia a ser cliente minorista sin pensarlo. Si pides que te traten como cliente profesional (art. 195 Ley 6/2023), pierdes buena parte de la protección. La entidad debe comprobar que cumples al menos dos de tres requisitos: unas 10 operaciones de volumen significativo por trimestre en los cuatro trimestres anteriores, una cartera de más de 500.000 € o al menos un año de trabajo en el sector financiero en un puesto relacionado (art. 113 RD 813/2023). Se pide por escrito y en documento separado del contrato (art. 114).
Asesoramiento independiente o no independiente
Una entidad solo puede decirte que su asesoramiento es independiente si analiza una gama suficientemente diversificada de productos, no limitada a los suyos o a los de su grupo, y no acepta ni retiene comisiones de terceros (art. 214 Ley 6/2023). El asesoramiento no independiente es legal, y es el habitual en la banca: la entidad puede cobrar incentivos de la gestora del producto, siempre que mejoren el servicio y te informe antes de su existencia, naturaleza y cuantía (art. 216 Ley 6/2023 y art. 120 RD 813/2023). Más en comisiones de los fondos e incentivos.
El Tribunal de Justicia de la UE consideró asesoramiento ofrecer un producto presentándolo como conveniente para el cliente o basándose en sus circunstancias personales (STJUE de 30 de mayo de 2013, Genil 48, C-604/11). Si el empleado te recomendó el producto a ti, aunque el papel diga «comercialización», el test que tocaba era el de idoneidad.
Qué pasa si el banco no hizo el test o lo hizo mal
Incumplir las normas MiFID no hace el contrato nulo de pleno derecho por sí solo (STS 527/2019, de 9 de octubre), pero abre dos vías que pueden plantearse juntas, una como principal y otra subsidiaria:
- Anular la compra por error en el consentimiento. Que no se hiciera el test, o que el producto no encajara con su resultado, es un indicio de que no comprendiste los riesgos. El Supremo ha dicho que el test de conveniencia y la firma de documentos predispuestos no eximen al banco de explicar cómo funciona el producto, y que si no acredita que lo hizo cabe presumir el error (STS 222/2018, de 17 de abril, de Pleno, en la línea de la STS 840/2013, de 20 de enero de 2014). El plazo es de cuatro años desde la consumación. Cómo se reclama una mala venta.
- Pedir indemnización de daños. La falta de información o la información defectuosa puede fundar una acción de daños contra la entidad, y no solo una acción de nulidad (STS 1274/2026, de 21 de julio). Prescribe a los cinco años (art. 1964.2 del Código Civil).
Cómo pedir tu historial de tests y lo que firmaste
La entidad debe conservar un registro de las evaluaciones de conveniencia, con el resultado y las advertencias que te hizo (art. 206 Ley 6/2023 y art. 56.2 del Reglamento Delegado 2017/565). Las grabaciones de llamadas y comunicaciones sobre órdenes se conservan cinco años y deben ponerse a tu disposición si las pides (art. 16.7 de la Directiva 2014/65/UE). Además, puedes ejercer tu derecho de acceso a tus datos, que la entidad debe atender en un mes (arts. 12.3 y 15 del Reglamento General de Protección de Datos).
Lo práctico: pide por escrito, al servicio de atención al cliente y con acuse de recibo, copia de todos los tests de conveniencia e idoneidad, las declaraciones de idoneidad, las órdenes de compra, el documento de datos fundamentales entregado y las grabaciones de las operaciones. Si no contestan en un mes, esa negativa también sirve después.
Preguntas que nos hacéis cada semana
¿Me pueden vender un producto si el test dice que no es adecuado para mí?
Sí, si tú insistes y te advierten por escrito. En productos complejos, el contrato debe llevar además una expresión manuscrita en la que reconoces la advertencia (art. 205.6 Ley 6/2023). Esa frase no impide reclamar si no te explicaron el producto, pero complica la prueba.
¿Si compro acciones por internet desde la app no me hacen test?
Puede que no. Si solo te ejecutan órdenes, el producto no es complejo, la iniciativa es tuya y te avisan de que no te evalúan, la ley permite omitir el test (art. 207 Ley 6/2023). Con productos complejos, como los CFD, el test es obligatorio.
¿Puedo negarme a contestar el test?
Sí, pero la entidad te advertirá de que así no puede saber si el producto es adecuado para ti (art. 205.5 Ley 6/2023) y, si te asesora, no podrá recomendarte nada (art. 204.5).
¿El asesor del banco que me llama para ofrecerme un fondo me está asesorando?
Depende de cómo lo haga. Si te lo recomienda por tus circunstancias o te lo presenta como adecuado para ti, es asesoramiento según la STJUE Genil 48 (C-604/11), y entonces debía hacerte el test de idoneidad.
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Continúa tu historia
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Marco legal: arts. 195, 204 a 207, 214 y 216 Ley 6/2023 · arts. 113, 114 y 120 RD 813/2023 · arts. 55 y 56 Reglamento Delegado (UE) 2017/565 · art. 16.7 Directiva 2014/65/UE · arts. 12 y 15 RGPD · STJUE C-604/11 · SSTS 840/2013, 222/2018, 527/2019 y 1274/2026 · arts. 1301 y 1964.2 CC. Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
