
Si el otro progenitor no te entrega a los hijos, cancela las visitas o dificulta la relación, puedes ejecutar la sentencia o el convenio en el juzgado: el art. 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite imponer multas coercitivas mensuales y, si el incumplimiento es reiterado, modificar el régimen de guarda y visitas cuando lo aconseje el interés del menor. Lo decisivo es probar cada incidente. Los jueces valoran la conducta que obstaculiza la relación, pero la ley pide no dar valor a planteamientos sin aval científico como el llamado síndrome de alienación parental (art. 11.3 de la Ley Orgánica 8/2021).
Tu hijo tiene derecho a relacionarse contigo
Los hijos menores tienen derecho a relacionarse con sus progenitores aunque no ejerzan la patria potestad, salvo que una resolución judicial disponga otra cosa (art. 160.1 del Código Civil). El Supremo recuerda que ese derecho nace de la filiación y que solo puede excluirse del todo por razones graves, cuando la relación resulta objetivamente perjudicial para el hijo (STS de 6 de mayo de 2025, rec. 5749/2024). Las visitas fijadas en una sentencia o en un convenio aprobado se cumplen como cualquier otra resolución judicial, y las obligaciones son de los dos: del que debe entregar y del que debe recoger.
Documenta cada incidente
Sin prueba, el juez solo tiene dos versiones. Lleva un registro con fecha y hora de cada visita prevista y de lo que pasó, y guarda los justificantes.
| Lo que ocurre | Cómo dejar constancia |
|---|---|
| No te entregan a los hijos en la hora y el lugar fijados | Mensaje en el momento, foto con hora del lugar, testigo; si la entrega es en un punto de encuentro, su justificante de comparecencia |
| Cancelaciones de última hora repetidas | Capturas de los mensajes con la fecha y el motivo alegado |
| Te impiden las llamadas o videollamadas fijadas | Registro de llamadas sin respuesta y mensajes enviados |
| Cambio de colegio, de médico o de ciudad sin avisarte | Pide la información por escrito al centro y guarda su respuesta |
No pidas a tu hijo que grabe, que declare o que elija. Si hace falta conocer su opinión, el juez le oirá con las garantías de la ley.
La ejecución: multas y cambio de régimen
Con la sentencia o el convenio aprobado puedes presentar una demanda ejecutiva. No necesitas negociar antes, porque la ley excluye de ese requisito la demanda ejecutiva (art. 5.3 de la Ley Orgánica 1/2025). En familia, las obligaciones personalísimas no se sustituyen automáticamente por dinero y el juez puede mantener las multas coercitivas mensuales todo el tiempo necesario, más allá del año (art. 776.2.ª LEC, en relación con el art. 709). El incumplimiento reiterado de las visitas, tanto del progenitor custodio como del otro, puede llevar a modificar el régimen de guarda y visitas si es acorde con el interés superior del menor (art. 776.3.ª).
Los tribunales lo aplican. El Supremo confirmó la custodia a favor del padre en un caso en que la madre tenía cinco condenas por incumplir el régimen de visitas (STS de 11 de abril de 2018, rec. 2568/2017). En otro, el juzgado dio la custodia al padre tras constatar que la madre obstaculizaba su comunicación con la hija; el Supremo, ante la desaparición de la madre con la niña y los procedimientos por violencia de género que afectaban al padre, la confió temporalmente a una tía paterna (STS de 20 de junio de 2023, rec. 2591/2022).
No respondas incumpliendo tú. Retener a los hijos para compensar visitas perdidas o dejar de pagar la pensión te coloca en incumplimiento, y el art. 776.3.ª se aplica a los dos progenitores. Actúa siempre a través del juzgado.
Qué valora el juez cuando un hijo rechaza a un progenitor
La Ley Orgánica 8/2021 obliga a impedir que se tomen en consideración planteamientos sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental (art. 11.3). Por eso conviene hablar de hechos concretos y no de diagnósticos. Los jueces sí valoran la influencia de un progenitor cuando está probada: el Supremo confirmó un cambio a custodia compartida en el que pesó que, según la perito judicial, la negativa de la niña a relacionarse con su padre estaba influida por las opiniones de la madre (STS de 22 de septiembre de 2017, rec. 2831/2016). El rechazo también puede tener causas reales: en un recurso sobre la privación de la patria potestad de un padre que había expuesto a su hija a episodios de violencia, el Supremo subrayó que hay que ponderar el profundo rechazo de la menor (STS de 13 de julio de 2026, rec. 10308/2025). Si hay violencia, el 016 y el 112 atienden a cualquier hora: violencia en casa.
¿Es delito?
El Código Penal castiga la retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por una resolución judicial (art. 225 bis.2.2.º). El Supremo ha condenado por este delito a un progenitor que incumplió tres resoluciones de entrega, dos de ellas con requerimiento directo (STS de 6 de abril de 2022, rec. 3497/2021, Sala de lo Penal), y ha precisado que también puede cometerlo el progenitor custodio (STS de 29 de febrero de 2024, rec. 1138/2022). Para un incumplimiento aislado, la vía habitual es la ejecución civil.
Lo práctico: si las entregas son siempre conflictivas, pide al juez que se hagan en un punto de encuentro familiar y que la resolución fije días, horas y lugar con precisión. Cuanto más concreta sea, más fácil es ejecutarla.
Preguntas que nos hacéis cada semana
Mi hijo dice que no quiere venir. ¿Puede el otro negarse a entregarlo?
El régimen de visitas obliga mientras no se modifique. Si el rechazo es serio, lo que procede es pedir al juez que lo valore, oyendo al menor, y no dejar de cumplir por decisión propia.
¿Me pueden quitar la custodia si soy yo quien incumple?
Sí. El incumplimiento reiterado del progenitor custodio puede llevar a modificar el régimen de guarda (art. 776.3.ª LEC).
¿Por qué no sirve hablar de alienación parental?
Porque la Ley Orgánica 8/2021 pide impedir que se tomen en consideración planteamientos sin aval científico como el llamado síndrome de alienación parental (art. 11.3). Lo que cuenta son los hechos probados y su efecto en el menor.
¿Tengo que negociar antes de pedir la ejecución?
No. La demanda ejecutiva está excluida del requisito de acudir antes a un medio de negociación (art. 5.3 de la Ley Orgánica 1/2025).
¿Puedo denunciar cada vez que no me entregan al niño?
La retención es delito cuando incumple gravemente una resolución (art. 225 bis CP). Para incumplimientos aislados, la vía adecuada es la ejecución civil con su registro de incidencias.
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Continúa tu historia
→ Incumplimiento del régimen de visitas
→ Punto de encuentro familiar
→ Coordinador parental
→ Modificación de medidas
→ Régimen de visitas
Marco legal: arts. 94 y 160 del Código Civil · arts. 709 y 776 de la Ley de Enjuiciamiento Civil · art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025 · art. 11.3 de la Ley Orgánica 8/2021 · art. 225 bis del Código Penal · SSTS de 22-9-2017 (rec. 2831/2016), 11-4-2018 (rec. 2568/2017), 20-6-2023 (rec. 2591/2022), 6-5-2025 (rec. 5749/2024) y 13-7-2026 (rec. 10308/2025) · SSTS, Sala de lo Penal, de 6-4-2022 (rec. 3497/2021) y 29-2-2024 (rec. 1138/2022). Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
