
El catálogo de ocupaciones de difícil cobertura es la lista trimestral del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con los trabajos que, en cada provincia, se pueden ofrecer a un extranjero que vive fuera sin demostrar antes que no hay candidatos en España. Si tu ocupación figura en el catálogo de la provincia del puesto, la empresa puede pedir directamente tu autorización de residencia y trabajo. Si no figura, le queda la vía de la oferta de empleo: ocho días de gestión en el servicio público de empleo y hasta tres más para el certificado. El catálogo de 2026 es corto: deportistas y entrenadores, marina mercante y algunos oficios de la construcción y la electricidad.
Para qué sirve el catálogo
Para contratar a alguien que vive en otro país, la ley exige tener en cuenta la situación nacional de empleo (art. 38.1 de la Ley Orgánica 4/2000, LOEX). El catálogo es la forma rápida de cumplirlo: que una ocupación sea de difícil cobertura implica que se puede tramitar la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena (art. 75.1 del Reglamento de extranjería, Real Decreto 1155/2024). El trámite completo está en permiso de trabajo por cuenta ajena.
Lo elabora el SEPE cada trimestre, con datos de los servicios de empleo autonómicos y previa consulta a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración. El Reglamento lo prevé por comunidad autónoma y permite que sea provincial o por islas si la comunidad lo pide (art. 75.1). Las ocupaciones se identifican con su código de la Clasificación Nacional de Ocupaciones. Se publica en el BOE y el SEPE ofrece además un PDF desglosado por provincias.
Qué ocupaciones incluye en 2026
El catálogo del tercer trimestre de 2026 (Resolución de 3 de agosto de 2026, BOE de 2 de septiembre) recoge 27 ocupaciones, las mismas que el del primer trimestre:
| Grupo | Ocupaciones | Dónde |
|---|---|---|
| Deporte | Deportistas profesionales y entrenadores deportivos | Todas las provincias e islas |
| Marina mercante (18) | Frigoristas, jefes de máquinas, maquinistas y mecánicos navales, mecánicos de litoral, pilotos, sobrecargos, oficiales radioelectrónicos, cocineros y camareros de barco, auxiliares de buques de pasaje, mayordomos, caldereteros, engrasadores, bomberos de buques, contramaestres, marineros y mozos de cubierta | Provincias costeras, más Lleida y Madrid |
| Construcción e instalaciones (7) | Carpinteros y montadores de carpintería metálica, de aluminio y PVC; instaladores electricistas (de edificios y en general); conductores-operadores de grúa en camión, fija y móvil | Todas las provincias |
En la práctica, una provincia de interior como Córdoba tenía en el primer trimestre solo nueve ocupaciones, y una costera como Cádiz o Almería, las 27. Antes de dar nada por hecho, mira el código exacto de tu ocupación y la provincia del centro de trabajo.
Comprueba la fecha. El catálogo del tercer trimestre se firmó el 3 de agosto y no salió en el BOE hasta el 2 de septiembre, con el trimestre ya avanzado. A 5 de octubre de 2026 no hemos encontrado en el BOE el del cuarto trimestre. Mira cuál está vigente el día en que la empresa presente la solicitud, que es cuando se valora.
Si tu ocupación no está: la oferta de empleo
Que no estés en el catálogo no cierra la puerta. La empresa puede presentar una oferta de empleo en el servicio público de empleo de la zona, que la gestiona durante ocho días y la difunde. Pasado ese plazo, la empresa informa de qué candidatos se presentaron y por qué los rechazó, y el servicio emite en un máximo de tres días el certificado de insuficiencia de demandantes, que se adjunta a la solicitud (art. 75.2 del Reglamento y art. 38.2 LOEX). La oferta debe describir el puesto con precisión y sin requisitos que no tengan relación con él.
Y hay casos en que no se mira la situación nacional de empleo, ni catálogo ni oferta: los del art. 40 LOEX (por ejemplo, hijos o nietos de español de origen, nacidos y residentes en España, directivos o profesionales altamente cualificados). Para estos últimos, el catálogo también tiene un efecto: la tarjeta azul UE exige un 20 % menos de salario en las ocupaciones de los grupos 1 y 2 de la clasificación que estén en el catálogo (Orden PJC/44/2026), aunque en el catálogo de 2026 no hay ninguna: todos sus códigos empiezan por 3, 5, 7 u 8. Ver profesionales altamente cualificados.
La gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO)
Es otra vía, pensada para contratar a grupos de trabajadores que no están en España (art. 39 LOEX y título VI del Reglamento). Para 2026 la regula la Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026:
- Cada oferta debe sumar al menos diez puestos, aunque se pueden juntar ofertas de varias empresas (art. 2.4 de la Orden).
- Migración estable: autorización inicial de un año para puestos que no son fijos discontinuos (art. 14).
- Migración circular: autorizaciones de cuatro años para trabajar un máximo de nueve meses por año natural, con contrato fijo discontinuo y compromiso de retorno (art. 2.1.b).
- La selección se hace en el país de origen y nadie puede cobrar al trabajador por participar (art. 113.2 del Reglamento). Las ofertas se orientan preferentemente a Colombia, Ecuador, Marruecos, Mauritania, Ucrania, Honduras, República Dominicana y Guatemala, países con acuerdos de flujos migratorios (art. 19.2 de la Orden).
- En migración estable, la empresa te da antes de firmar una copia del contrato traducida a un idioma que entiendas y paga al menos el viaje de llegada (art. 4.3).
El Reglamento permite que la orden anual fije un número de visados para buscar empleo, para hijos y nietos de español de origen o para ciertas ocupaciones (arts. 43 a 45). La orden de 2026 no fija ninguna cifra. Ver visado para buscar empleo.
Lo práctico: busca en el PDF del SEPE la fila de tu provincia y el código de tu ocupación, y guarda una copia con la fecha. Si no apareces, pide a la empresa que presente la oferta en el servicio público de empleo cuanto antes y que conserve las candidaturas recibidas y los motivos de cada rechazo. Si te llega una oferta de selección en origen que exige pagar, desconfía: la norma lo prohíbe.
Preguntas que nos hacéis cada semana
Estoy en España sin papeles. ¿Me sirve que mi trabajo esté en el catálogo?
No para esta autorización, que es para quien vive fuera. Para quien ya está aquí, la vía habitual es el arraigo: tipos de arraigo. El catálogo sí cuenta en el arraigo socioformativo ligado a formación del servicio público de empleo (art. 127.d del Reglamento).
¿El catálogo es igual en toda España?
No. Hay ocupaciones en todas las provincias y otras solo en algunas, como las de marina mercante. Manda el catálogo de la provincia del centro de trabajo.
¿Cada cuánto cambia?
El Reglamento manda elaborarlo cada trimestre. Entre el primer y el tercer trimestre de 2026 el contenido fue el mismo.
¿Qué pasa si la empresa rechaza a candidatos de la oferta sin motivo?
La oferta tiene que ajustarse al puesto y la empresa debe explicar las causas del rechazo. Si el servicio de empleo no certifica la falta de candidatos, no hay autorización por esta vía.
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Continúa tu historia
→ El trámite completo por cuenta ajena
→ Visado para buscar empleo
→ Tarjeta azul y altamente cualificados
→ Si ya estás en España: el arraigo
→ Lo que hace la empresa al contratar
Marco legal: arts. 38, 39 y 40 LO 4/2000 · arts. 43 a 45, 75, 113 a 115 y 127 del Reglamento de extranjería (RD 1155/2024) · Resoluciones del SEPE de 28-1-2026 y 3-8-2026 (catálogos del primer y tercer trimestre de 2026) · Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre (GECCO 2026) · Orden PJC/44/2026, de 27 de enero. Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
