¿Merece la pena reclamar una indemnización por un accidente?

Manel Espinosa y Jorge Werner
Te lo explica · The Juris Accidentes
Manel Espinosa y Jorge Werner · Socios
Consulta gratis · te llamamos en 48 h · precio publicado, hasta 12 cuotas
Que me llamen
TU VIDA ▸ ACCIDENTES ▸ ¿Merece la pena reclamar una indemnización…
● ESTÁS AQUÍ

Reclamar a la aseguradora del vehículo que te causó lesiones es obligatorio antes de demandar y no tiene tasas: basta un escrito, sin poner cifra, y la aseguradora tiene tres meses para hacerte una oferta o una respuesta motivada (art. 7 de la LRCSCVM). Lo que hay que pensar es lo que viene después: si la oferta queda por debajo del baremo, si la culpa se discute y cuánto arriesgas en un juicio.

Qué te cuesta reclamar a la aseguradora

Reclamas directamente a la aseguradora del vehículo causante, con tus datos, cómo ocurrió el accidente y la información médica que tengas, sin necesidad de cuantificar (art. 7.1 de la LRCSCVM). Tiene tres meses para responder (art. 7.2). Cómo se prepara: cómo reclamar paso a paso.

ConceptoQuién lo pagaNorma
Reclamación previa a la aseguradoraNo tiene coste legal; basta un escrito con prueba de la recepciónArt. 7.1 LRCSCVM
Informe médico pericial definitivo de la aseguradoraLa aseguradora, que debe entregarte copiaArt. 37.3 LRCSCVM
Informe del Instituto de Medicina Legal si no estás de acuerdoLa aseguradora, aunque no quiera que se hagaArt. 7.5 LRCSCVM
Perito médico propioTúArt. 7.5 LRCSCVM
Tasa judicial si demandasLas personas físicas están exentasArt. 4.2.a Ley 10/2012
Abogado y procuradorTú; no son obligatorios en el juicio verbal de hasta 2.000 €Arts. 23.2 y 31.2 LEC

Si tu póliza incluye defensa jurídica, paga los gastos del procedimiento dentro de sus límites y tú eliges abogado (arts. 76 a y 76 d de la Ley de Contrato de Seguro): defensa jurídica de tu seguro.

El equipo de The Juris trabajando
El equipo de The Juris trabajando en Barcelona.Conoce al equipo →

Cuánto puede valer tu caso: ejemplos con el baremo de 2026

La indemnización sale del baremo del título IV de la LRCSCVM, no de lo que la aseguradora quiera ofrecer. Estas cifras son las de 2026 (actualizadas un 2,9 % por la Resolución de la DGSFP de 3 de febrero de 2026) del sistema reformado por la Ley 5/2025, que rige para accidentes desde el 26 de julio de 2025; para los anteriores se aplica el sistema vigente en su fecha, actualizado (art. 40.1).

  • Ejemplo 1: 20 días de perjuicio personal básico, sin secuelas: 20 × 39,20 € = 784,00 €.
  • Ejemplo 2: 45 días de perjuicio moderado y 2 puntos de secuela a los 40 años: 45 × 67,96 € = 3.058,20 €, más 2.115,24 € por los puntos (tabla 2.A.2) = 5.173,44 €. El día moderado ya incluye el básico (art. 139.2).

Se suman, si los hay, gastos sanitarios y desplazamientos (art. 141), la intervención quirúrgica (de 522,76 € a 2.091,05 €) y el lucro cesante (art. 143). Si tuviste parte de culpa, se reduce como máximo un 75 % (art. 1.2). El desglose: cuánto te corresponde.

La oferta: qué implica aceptarla

La oferta debe ir calculada con el baremo y con el informe médico definitivo; sin él no es válida, salvo entrega anterior (arts. 7.3 y 37.3). Su pago no puede condicionarse a que renuncies a reclamar más si resulta inferior a lo que te corresponde (art. 7.3.d). Y compromete a la aseguradora: para el Supremo, ofertar implica asumir la responsabilidad y, como regla, si ofertó sin reducción por tu culpa, después no puede alegar culpa exclusiva ni concurrencia (STS 718/2026, de 11 de mayo): oferta y respuesta motivada.

Si no hay oferta en tres meses sin causa justificada, o la aceptas y no te pagan en cinco días ni la consignan, la aseguradora debe intereses de demora (arts. 7.2 y 9, que remiten al art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro): la aseguradora no paga.

Si llegas a juicio: costas y riesgo

La demanda no se admite sin la oferta o la respuesta motivada o, si no la hubo, sin tu reclamación previa (art. 7.8). La Ley Orgánica 1/2025 exige además intentar antes una negociación, y admite la prevista en una ley sectorial (art. 5.1); ninguna norma dice expresamente que la reclamación del art. 7 baste, así que guarda su prueba y la respuesta. Con un tercero: mediación en tráfico.

  • Si pierdes del todo, pagas las costas contrarias salvo serias dudas de hecho o de derecho (art. 394.1 de la LEC), y por sus abogados como máximo un tercio de la cuantía, salvo temeridad (art. 394.3).
  • Si ganas en parte, cada parte paga las suyas y las comunes por mitad (art. 394.2).
  • Hasta 2.000 €, si contratas abogado y procurador sin ser obligatorios, sus honorarios no entran en las costas del contrario, salvo las excepciones del art. 32.5.

Cuándo merece la pena y cuándo pensarlo

Ayuda haber ido pronto al médico: en los traumatismos menores de la columna, el baremo da especial relevancia a los síntomas o la asistencia en las 72 horas siguientes (art. 135.1). Si ibas de pasajero, el seguro cubre tus lesiones aunque conduzca un familiar; solo excluye las del conductor causante (art. 5.1). Conviene pensarlo más si la culpa se discute sin testigos ni atestado (culpa discutida) o si la diferencia con tu cálculo es pequeña frente al coste de un pleito.

Nuestros honorarios en tráfico: el primer cálculo por baremo no se cobra; la reclamación son 390 € de valoración inicial, que se descuentan al final, más el 12 % de la indemnización y el IVA. No incluyen el perito médico de parte si hay juicio, tasas, procurador, otros peritos ni las costas contrarias si se pierde.

Plazo: la acción contra la aseguradora prescribe al año (art. 7.1 de la LRCSCVM). En lesiones, el Supremo cuenta ese año desde el alta definitiva, cuando las secuelas quedan determinadas (STS de 19 de diciembre de 2017, rec. 2297/2015). Tu reclamación escrita interrumpe la prescripción, y cuando te notifican la oferta o la respuesta motivada empieza un nuevo año: todos los plazos.

Lo práctico: reúne el parte o el atestado, los informes de urgencias y de alta, las bajas y las facturas, y pide copia del informe médico de la aseguradora. Con eso se compara su oferta con el baremo, concepto por concepto.

Preguntas que nos hacéis cada semana

Si acepto la oferta, ¿puedo reclamar después más?

El pago de la oferta no puede condicionarse a que renuncies a futuras acciones si la indemnización resulta inferior a la que te corresponde (art. 7.3.d de la LRCSCVM). Lee bien el documento que firmas al cobrar.

Si pierdo el juicio, ¿pago al abogado de la aseguradora?

Si se rechaza todo lo que pides, como regla sí, salvo serias dudas, y con el tope de un tercio de la cuantía salvo temeridad (art. 394 de la LEC).

Tuve parte de culpa. ¿Merece la pena?

Puede: la culpa concurrente reduce la indemnización como máximo un 75 % (art. 1.2 de la LRCSCVM), y en menores de 14 años no conductores no reduce secuelas ni lesiones temporales.

¿Tributa lo que cobre?

Las indemnizaciones por daños personales en la cuantía legalmente reconocida están exentas del IRPF (art. 7.d de su ley), y lo pagado conforme al baremo tiene esa consideración (art. 1.5 de la LRCSCVM).

¿Es tu caso? · Consulta gratis
Cuéntanos qué te pasa.
Te llama un abogado de accidentes e indemnizaciones
en menos de 48 horas.

Sin compromiso y sin coste. Y si hay que actuar, el precio está publicado antes de que nos llames y se paga hasta en 12 cuotas: servicios y precios de accidentes e indemnizaciones →

Un abogado te llamará en menos de 48 horas (días laborables). No compartimos tus datos con nadie. También por WhatsApp: 605 443 928

Continúa tu historia

→ Cuánto te corresponde
→ Oferta y respuesta motivada
→ La aseguradora no paga o regatea
→ Defensa jurídica de tu seguro
→ Mediación en tráfico
→ Todos los plazos

Consulta gratis. Te llamamos en 48 h.Quiero que me llamen
Manel y Jorge
The Juris · Disponibles ahora
Somos Manel y Jorge. ¿Tienes una duda legal? Escríbenos y te respondemos hoy.
ESCRIBIR AHORA