Accidente de tráfico en el extranjero: cómo reclamar desde España

Manel Espinosa y Jorge Werner
Te lo explica · The Juris Accidentes
Manel Espinosa y Jorge Werner · Socios
Consulta gratis · te llamamos en 48 h · precio publicado, hasta 12 cuotas
Que me llamen
TU VIDA ▸ ACCIDENTES ▸ Accidente de tráfico en el extranjero:…
● ESTÁS AQUÍ

Si vives en España y sufres un accidente en otro país del Espacio Económico Europeo, puedes reclamar desde aquí, en español, al representante que la aseguradora del vehículo causante debe tener en España (arts. 20 a 23 LRCSCVM y art. 21 de la Directiva 2009/103/CE). El Consorcio de Compensación de Seguros te dice cuál es esa aseguradora y su representante, y si no te contestan en tres meses o no hay representante, puedes acudir a OFESAUTO. Lo que normalmente no cambia es la ley aplicable: suele ser la del país del accidente, plazos incluidos.

Quién te ayuda desde España

OrganismoQué haceNorma
Representante para la tramitación y liquidación de siniestrosToda aseguradora de automóviles de la UE debe tener uno en cada uno de los demás Estados miembros. Tramita y paga tu reclamación y debe poder examinarla en la lengua oficial de tu país de residenciaArts. 21 y 23 LRCSCVM; art. 21 de la Directiva 2009/103/CE
Consorcio de Compensación de Seguros, como organismo de informaciónTe facilita la aseguradora, el número de póliza y el representante; si tienes interés legítimo, también el nombre y la dirección del propietario de un vehículo con estacionamiento habitual en EspañaArts. 24 y 25 LRCSCVM
OFESAUTO, como organismo de indemnizaciónInterviene si en tres meses ni la aseguradora ni su representante te han dado una respuesta motivada, o si no hay representante en España. Responde en dos meses y su intervención es subsidiariaArts. 26 y 27 LRCSCVM

La aseguradora o su representante deben presentarte una oferta motivada o una respuesta motivada en tres meses desde tu reclamación; si no hay oferta en ese plazo, se devengan intereses de demora (art. 22 de la Directiva 2009/103/CE). Si ya has demandado a la aseguradora, OFESAUTO no interviene (art. 27.2 LRCSCVM y art. 22.2 del Reglamento del seguro obligatorio, Real Decreto 1507/2008). Si no se identifica el vehículo, o en dos meses no se identifica la aseguradora, puedes pedir la indemnización a OFESAUTO dentro de los límites del seguro obligatorio del país del accidente (art. 29 LRCSCVM).

Reunión con clientes en The Juris
Una reunión con clientes en The Juris.Conoce al equipo →

Qué ley se aplica y por qué importa

España es parte del Convenio de La Haya de 4 de mayo de 1971 sobre la ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera, en vigor para España desde 1987, y el Reglamento Roma II no afecta a los convenios internacionales en que eran parte los Estados miembros cuando se adoptó (art. 28.1 del Reglamento (CE) 864/2007). La regla general del Convenio es la ley del Estado donde ocurrió el accidente (art. 3).

Hay excepciones (art. 4). La más frecuente: si en el accidente interviene un solo vehículo, matriculado en un Estado distinto del país del accidente, se aplica la ley del Estado de matrícula para la responsabilidad frente al conductor y frente a los pasajeros que residen fuera del país del accidente. Ejemplo: si vais en un coche con matrícula española y sufrís una salida de vía en Francia sin otro vehículo implicado, a los pasajeros que viven en España se les aplica la ley española. La ley aplicable decide el alcance de la responsabilidad, los daños indemnizables, la cuantía y también la prescripción, con su comienzo, interrupción y suspensión (art. 8). Así que el baremo español y el año de plazo español solo valen si la ley aplicable es la española.

Dónde se puede demandar

Puedes demandar a la aseguradora del vehículo causante ante los tribunales de tu domicilio en España, si la ley aplicable admite la acción directa (arts. 11.1.b y 13.2 del Reglamento (UE) 1215/2012). El Tribunal de Justicia lo confirmó para las normas equivalentes del reglamento anterior (sentencia de 13 de diciembre de 2007, FBTO Schadeverzekeringen, C-463/06). El juez español aplicará la ley que corresponda según el Convenio, que puede ser la extranjera. Reclamar al representante en España no atribuye por sí solo la competencia a los tribunales españoles (art. 23.2 LRCSCVM).

El plazo puede no ser el español. Si se aplica la ley del país del accidente, también se aplica su plazo de prescripción y sus reglas sobre cuándo empieza y cómo se interrumpe (art. 8 del Convenio de La Haya). No des por hecho que tienes un año ni que tienes más: reclama al representante en cuanto tengas los datos y conserva prueba de la fecha de la reclamación.

En el lugar del accidente y antes de viajar

Tu seguro obligatorio español cubre, con una sola prima, todo el Espacio Económico Europeo y los Estados adheridos al acuerdo entre oficinas nacionales de seguros; si el accidente ocurre en otro Estado del Espacio Económico Europeo, se aplican los límites españoles cuando son superiores a los de ese país (art. 4 LRCSCVM). Si viajas fuera de ese ámbito, consulta antes con tu aseguradora: la cobertura en otros países se acredita con el certificado internacional de seguro, la carta verde. Tu aseguradora española no puede oponerte que no usaras la declaración amistosa de accidente (art. 6), así que no firmes un parte en un idioma que no entiendes. Si el coche era de alquiler: cargos del coche de alquiler.

Si el accidente es en España y el vehículo causante es extranjero, OFESAUTO actúa como oficina nacional de seguro y garantiza la tramitación por cuenta de la oficina del país de ese vehículo, directamente o mediante una aseguradora corresponsal autorizada (art. 21 del Reglamento del seguro obligatorio). En ese caso se aplica, por regla general, la ley española, con su baremo.

Lo práctico: fotografía las matrículas, el certificado de seguro del otro vehículo y el parte firmado, y pide a la policía local el número del atestado. Ya en España, pide al Consorcio los datos de la aseguradora y de su representante con el formulario para particulares, y reclama por escrito. Para otras reclamaciones transfronterizas: reclamar en otro país de la UE.

Preguntas que nos hacéis cada semana

¿Puedo reclamar en español?

Sí. El representante en España de la aseguradora extranjera debe poder examinar tu caso en la lengua oficial de tu país de residencia (art. 21.5 de la Directiva 2009/103/CE).

¿Me pagarán con el baremo español?

Solo si la ley aplicable es la española. Si se aplica la del país del accidente, la cuantía se calcula con sus reglas (art. 8 del Convenio de La Haya).

El otro conductor huyó en Italia.

Si no se identifica el vehículo, puedes pedir la indemnización a OFESAUTO, con los límites del seguro obligatorio del país del accidente (art. 29 LRCSCVM). En España, ese caso lo cubre el Consorcio: conductor huido o sin seguro.

El accidente fue en un país de fuera de la UE.

Si ese país está adherido al sistema de carta verde y vives en España, el Consorcio también te informa (arts. 20.1.c y 25 LRCSCVM). Las demás reglas dependen del país.

¿Es tu caso? · Consulta gratis
Cuéntanos qué te pasa.
Te llama un abogado de accidentes e indemnizaciones
en menos de 48 horas.

Sin compromiso y sin coste. Y si hay que actuar, el precio está publicado antes de que nos llames y se paga hasta en 12 cuotas: servicios y precios de accidentes e indemnizaciones →

Un abogado te llamará en menos de 48 horas (días laborables). No compartimos tus datos con nadie. También por WhatsApp: 605 443 928

Continúa tu historia

→ Reclamar en otro país de la UE
→ Coche de alquiler: cargos y daños
→ Conductor huido o sin seguro
→ Cómo reclamar la indemnización paso a paso
→ Acabo de tener un accidente: las primeras horas

Consulta gratis. Te llamamos en 48 h.Quiero que me llamen
Manel y Jorge
The Juris · Disponibles ahora
Somos Manel y Jorge. ¿Tienes una duda legal? Escríbenos y te respondemos hoy.
ESCRIBIR AHORA