
⚠ Decretos de vivienda de octubre de 2026
El Real Decreto-ley 29/2026 (BOE de 7 de octubre de 2026) se aplica desde el 8 de octubre de 2026, y el Real Decreto-ley 28/2026, sobre la renovación de los contratos, desde el 15 de noviembre de 2026. Los dos están pendientes de convalidación por la Diputación Permanente del Congreso; si no se convalidan, decaen. Esto cambia respecto a lo que explica esta página:
- Plusvalía municipal: nuevos coeficientes máximos para las transmisiones desde el 1-12-2026.
Todo, punto por punto, y desde cuándo se aplica cada medida →
Respuesta directa: la plusvalía municipal (IIVTNU) es el impuesto del ayuntamiento por los pisos, casas y terrenos urbanos que heredas — y va aparte del impuesto de sucesiones, con su propia ventanilla y su propio plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si lo pides dentro de plazo. Desde la reforma de 2021 puedes elegir entre dos cálculos (el objetivo por coeficientes o el real por la ganancia efectiva) y quedarte con el más barato — y si el valor del suelo no ha aumentado desde que el difunto lo adquirió, la operación no está sujeta (art. 104.5 TRLRHL). Muchos ayuntamientos añaden bonificaciones de hasta el 95 % para la vivienda habitual heredada por familiares cercanos: hay que pedirlas, no llegan solas.
Dos impuestos, dos ventanillas: no los confundas
| Sucesiones (ISD) | Plusvalía municipal (IIVTNU) | |
|---|---|---|
| Quién cobra | La comunidad autónoma | El ayuntamiento del inmueble |
| Qué grava | Todo lo heredado | Solo suelo urbano (pisos, casas, solares) |
| Plazo | 6 meses (+6 de prórroga, antes del 5º mes) | 6 meses (+6, pidiéndola dentro de los 6 primeros) |
| El olvido típico | Raro: todo el mundo la conoce | Frecuente — y los recargos llegan años después |
Cómo pagar lo mínimo legal
Tres palancas, por este orden. Una: comprobar la no sujeción — si escrituras de adquisición y valores actuales demuestran que el suelo no ganó valor, no se paga nada (herencias de inmuebles comprados en la burbuja 2006-2008 caen aquí con frecuencia). Dos: elegir el método de cálculo más favorable: el objetivo (valor catastral del suelo × coeficiente por años) o el real (la plusvalía efectiva imputable al suelo); el ayuntamiento debe aplicar el que pidas. Tres: la bonificación mortis causa de la ordenanza municipal — en muchas capitales, hasta el 95 % para la vivienda habitual del causante heredada por cónyuge, ascendientes o descendientes, a menudo con requisito de permanencia y de solicitud dentro del plazo.
⚠️ La bonificación caduca con el plazo. Muchas ordenanzas exigen pedir la bonificación de vivienda habitual al declarar o autoliquidar dentro de los 6 meses (o la prórroga pedida a tiempo): presentar tarde no solo trae recargos — puede volatilizar el 95 % de descuento. Es el error más caro del trámite entero.
Preguntas frecuentes
¿Cada heredero paga su plusvalía?
Sí: cada adquirente es sujeto pasivo y declara o autoliquida, según lo que diga la ordenanza, por su porcentaje sobre cada inmueble urbano. En la práctica se presentan juntas, pero la obligación — y la bonificación — es individual.
¿Y si el ayuntamiento me liquida más de lo que toca?
Las liquidaciones se recurren: comprobación del método de cálculo, de la no sujeción y de la bonificación no aplicada. Desde la reforma de 2021 la ley recoge de forma expresa la no sujeción y el cálculo por la plusvalía real (arts. 104.5 y 107.5 TRLRHL) — guarda escrituras y valoraciones.
Heredé una finca rústica, ¿pago plusvalía?
No: el impuesto solo grava terrenos de naturaleza urbana. Fincas rústicas quedan fuera — aunque tributen en sucesiones.
Te llama un abogado de herencias
en menos de 48 horas.
Sin compromiso y sin coste. Y si hay que actuar, el precio está publicado antes de que nos llames y se paga hasta en 12 cuotas: servicios y precios de herencias →
Un abogado te llamará en menos de 48 horas (días laborables). No compartimos tus datos con nadie. También por WhatsApp: 605 443 928
Continúa tu historia
El otro plazo fiscal está en el impuesto de sucesiones. Si el plan es vender el piso heredado, la fiscalidad completa de la venta te espera en vender la casa heredada. Y el itinerario entero, en la herencia paso a paso.
¿Piso heredado y plazo corriendo? Calculamos los dos métodos, comprobamos la no sujeción y pedimos la bonificación de tu ayuntamiento — todo dentro de plazo. Escríbenos ahora — estudiamos tu caso sin compromiso.
Marco legal
Arts. 104 a 110 del TRLRHL (IIVTNU: 104.5 no sujeción sin incremento de valor; 107 base imponible con doble método tras el RDL 26/2021; 108.4 bonificación mortis causa de hasta el 95 % vía ordenanza; 110.4 plazo de 6 meses prorrogable a un año en transmisiones por causa de muerte) · STC 182/2021 (origen de la reforma) · Ordenanza fiscal del municipio del inmueble (porcentaje y requisitos de la bonificación). Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris — octubre de 2026.
