Preferentes y subordinadas: qué se puede reclamar todavía

Manel Espinosa
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Si perdiste dinero con preferentes o subordinadas en 2012 o 2013 y nunca reclamaste por escrito, lo normal es que hoy estés fuera de plazo. La anulación por error caduca a los cuatro años desde que pudiste conocer el riesgo (art. 1301 del Código Civil), y el Supremo decide caso por caso cuándo fue eso; la indemnización por mal asesoramiento (art. 1101) prescribe a los cinco años. Siguen vivos los casos con el plazo interrumpido, los productos cuyo riesgo apareció tarde y las compras recientes.

Dos vías distintas, con plazos distintos

Quien compró preferentes u obligaciones subordinadas sin saber que podía perder su dinero tiene dos acciones, y una puede seguir viva cuando la otra ya no lo está.

VíaQué consiguesPlazoDesde cuándo
Anulación por error (art. 1301 CC)Que se deshaga la compra: el banco devuelve lo invertido con intereses y tú, cupones y títulos (art. 1303 CC)4 años, de caducidadDesde que pudiste conocer el riesgo real del producto
Indemnización por mal asesoramiento (art. 1101 CC)La pérdida: lo invertido menos los rendimientos y menos el valor de lo recibido en un canje5 años; 15 antes de la reforma de 2015 (art. 1964.2 CC)Desde que la acción pudo ejercitarse (art. 1969 CC)

La resolución del contrato por incumplimiento no sirve aquí: el Supremo la rechaza cuando lo que falló fue la información previa a la compra (STS de 17 de julio de 2026, ECLI:ES:TS:2026:3359).

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Cuándo empezó a correr la anulación

En estos productos el contrato se consuma con la compra, pero el Supremo no empieza a contar los cuatro años hasta que el cliente pudo conocer su error, porque al comprar el riesgo todavía no se había manifestado (STS 769/2014, de 12 de enero de 2015, del Pleno; STS de 7 de enero de 2025, ECLI:ES:TS:2025:36). Ese momento se decide en cada caso:

  • Preferentes de un banco islandés que quebró (Kaupthing): el plazo empezó cuando el cliente dejó de cobrar cupones y, con sus cartas al banco de 2009 y 2010, mostró que conocía la insolvencia. La acción había caducado (STS de 11 de junio de 2026, ECLI:ES:TS:2026:2633).
  • En la misma sentencia, unas preferentes de RBS que pagaron cupones hasta 2015: el plazo empezó entonces y la acción seguía viva.
  • Preferentes de SOS Cuétara: ni la suspensión de cupones de 2009 ni las ofertas de canje de 2010 y 2013 bastaban, porque los cupones se volvieron a pagar en 2013, 2014 y 2015 (STS de 20 de julio de 2026, ECLI:ES:TS:2026:3349).
  • Obligaciones subordinadas canjeadas por acciones: el plazo empieza el día del canje, cuando se ve la diferencia entre lo pagado y lo que valen las acciones (STS de 25 de mayo de 2026, ECLI:ES:TS:2026:2309).

La indemnización por mal asesoramiento

La indemnización por incumplir los deberes de información y asesoramiento sigue la regla de las acciones personales: quince años antes de la Ley 42/2015 y cinco desde entonces (art. 1964.2 CC; STS de 9 de febrero de 2026, ECLI:ES:TS:2026:421). Si la acción nació antes del 7 de octubre de 2015, el plazo termina con lo primero que se cumpla: los quince años antiguos o cinco años desde esa fecha, más los 82 días de suspensión de 2020 (disposición transitoria quinta de la Ley 42/2015 y art. 1939 CC).

En la práctica, si tu pérdida llegó con los canjes de 2012 o 2013 y nadie reclamó nada por escrito, ese plazo ya ha pasado. Si enviaste una reclamación por escrito al banco o el banco reconoció la deuda, el plazo se interrumpió y volvió a empezar (art. 1973 CC). Por eso lo primero es buscar esos papeles.

Para calcular la indemnización, el Supremo parte de lo invertido y descuenta los rendimientos brutos cobrados y el valor de las acciones recibidas en el canje según su cotización ese día, con intereses desde la demanda (STS de 4 de junio de 2026, ECLI:ES:TS:2026:2519). Ejemplo: con 30.000 € invertidos, 4.500 € de cupones y acciones que valían 6.000 € el día del canje, la indemnización sería de 19.500 € más intereses.

Arbitrajes, canjes de 2013 y Banco Popular

El Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, creó una Comisión de seguimiento de instrumentos híbridos que fijó los criterios para que las entidades participadas por el FROB ofrecieran arbitraje a sus clientes, y permitió que el Fondo de Garantía de Depósitos comprara las acciones no cotizadas recibidas en los canjes. Si aceptaste aquel arbitraje, el laudo tiene efecto de cosa juzgada y frente a él solo cabe la acción de anulación o, en su caso, la revisión (art. 43 de la Ley 60/2003, de Arbitraje). Si vendiste las acciones al Fondo, lo que cobraste se descuenta de lo que reclames.

Banco Popular. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que, tras la resolución de la entidad, quienes tenían acciones o instrumentos convertidos en acciones no pueden ejercitar acciones de nulidad ni de responsabilidad contra el banco ni contra la entidad que lo sucedió (sentencias de 5 de mayo de 2022, C-410/20, y de 5 de septiembre de 2024, C-775/22, C-779/22 y C-794/22). El Supremo la viene aplicando (por ejemplo, STS de 16 de junio de 2026, ECLI:ES:TS:2026:2621).

Si compraste hace poco

Desde la Ley 6/2023, de los Mercados de Valores, vender a un cliente minorista instrumentos de capital adicional de nivel 1 o de nivel 2, o determinados bonos que pueden absorber pérdidas, exige comprobar que son idóneos para él. Si su cartera no supera los 500.000 €, además, lo invertido en estos productos no puede pasar del 10 % de la cartera y la inversión inicial debe ser de al menos 10.000 € (art. 209). Si te vendieron uno de estos productos hace poco, los plazos siguen abiertos.

Si quien te vendió el producto no fue un banco sino una empresa de inversión que ha quebrado o una entidad sin autorización, el camino es otro: quiebra del bróker y FOGAIN o recuperar dinero de un chiringuito financiero.

Lo práctico: reúne la orden de compra, los tests, los extractos de cupones, los documentos del canje o del arbitraje y, sobre todo, cualquier carta o burofax que enviaras al banco reclamando. Con eso se sabe si tu caso sigue en plazo.

Preguntas que nos hacéis cada semana

Acepté el arbitraje en 2013 y recuperé menos de lo invertido. ¿Puedo reclamar la diferencia?

En principio no: el laudo tiene efecto de cosa juzgada y solo admite la acción de anulación o la revisión (art. 43 de la Ley 60/2003).

Sigo teniendo preferentes que pagan cupón. ¿Estoy a tiempo?

Probablemente sí: si el riesgo no se ha manifestado, el plazo de anulación puede no haber empezado, como ocurrió con las preferentes de RBS que resolvió el Supremo en junio de 2026.

Heredé las preferentes de mi padre.

Las acciones pasan a los herederos con los mismos plazos que tenía él (art. 661 CC). Más en herederos frente al banco.

Vendí al Fondo de Garantía de Depósitos las acciones del canje.

Puedes reclamar si estás en plazo, pero lo que cobraste se descuenta, igual que los cupones (STS de 25 de mayo de 2026).

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