Ya no hay golden visa: qué pasó con la residencia por inversión y qué alternativas quedan

Manel Espinosa y Jorge Werner
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Desde el 3 de abril de 2025 ya no existe en España la residencia por inversión: la Ley Orgánica 1/2025 dejó sin contenido los artículos de la Ley 14/2013 que la regulaban, y eso afecta a todas sus vías (inmuebles de 500.000 €, deuda pública, acciones o depósitos y proyectos empresariales de interés general). Las solicitudes presentadas antes de esa fecha se resuelven con la norma anterior, y las autorizaciones concedidas siguen valiendo y se renuevan con las reglas de su concesión inicial. Comprar una vivienda ya no da papeles. Quedan otras vías para quien quiere vivir en España con patrimonio o ingresos propios: emprender, la residencia no lucrativa, el teletrabajo internacional y, en lo fiscal, el régimen de impatriados.

Qué se suprimió y qué se mantiene

VíaSituación
Inversión inmobiliaria de 500.000 € o másSuprimida desde el 3 de abril de 2025
Deuda pública (2 millones)Suprimida
Acciones o depósitos (1 millón)Suprimida
Proyecto empresarial de interés generalSuprimida
Solicitudes presentadas antes del 3 de abril de 2025Se resuelven con la norma anterior (disposición transitoria primera de la Ley 14/2013, añadida por la Ley Orgánica 1/2025)
Visados y autorizaciones ya concedidosConservan su validez; las renovaciones se rigen por la norma de la concesión inicial (disposición transitoria segunda de la Ley 14/2013)

Desconfía de quien te venda una «golden visa» en 2026. No existe. Hay intermediarios que siguen ofreciendo residencia a cambio de comprar una vivienda o de invertir en un fondo: es falso. Si te lo ofrecen, pide la norma concreta en la que se basa. Y si ya pagaste, mira cómo recuperar el dinero.

Manel Espinosa y Jorge Werner en la oficina
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Las alternativas que quedan

VíaPara quiénLo esencial
Emprendedor (art. 70 de la Ley 14/2013)Quien va a desarrollar en España una actividad empresarial innovadora o de especial interés económicoSe valora el proyecto (plan de negocio, financiación, empleo). Sigue vigente: no era parte de la residencia por inversión.
Profesional altamente cualificadoDirectivos y técnicos con oferta de una empresa en EspañaTramitación rápida por la Unidad de Grandes Empresas.
Teletrabajo internacionalQuien trabaja en remoto para empresas extranjerasVer nómada digital.
Residencia no lucrativaQuien vive de sus rentas o ahorros, sin trabajar en EspañaExige medios económicos suficientes (un múltiplo del IPREM fijado en el reglamento) y seguro médico. No permite trabajar.
Régimen de impatriados (Ley Beckham)Quien se desplaza para trabajar, administrar o emprenderNo da residencia, pero fija un 24 % sobre las rentas del trabajo hasta 600.000 € durante 6 años.

Si ya tienes una golden visa

  • Renueva con las reglas de tu concesión inicial: mantener la inversión es el requisito clave. Si vendiste el inmueble o liquidaste la inversión, la renovación por esta vía no prospera.
  • Planifica el paso a la larga duración cuando cumplas los requisitos de residencia, o a otra autorización si cambian tus planes.
  • Tus familiares renuevan con la tuya.

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Preguntas que nos hacéis cada semana

Compré una casa en España en 2024. ¿Puedo pedir la golden visa?

Si no la solicitaste antes del 3 de abril de 2025, no. La compra no da derecho a residencia con la norma actual.

Tengo la golden visa y quiero renovarla. ¿Me la van a quitar?

No: las autorizaciones concedidas conservan su validez y se renuevan con las reglas de su concesión inicial, siempre que mantengas la inversión y el resto de requisitos.

¿La residencia no lucrativa permite trabajar en remoto?

No está pensada para eso: es para quien no trabaja. Si trabajas en remoto para empresas extranjeras, la vía es el visado de teletrabajo internacional.

¿Qué alternativa es más rápida?

Depende del perfil. Con una oferta de empresa en España, la de profesional altamente cualificado; con trabajo remoto, la de nómada digital; con patrimonio y sin trabajo, la no lucrativa.

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