
Si un técnico viene a tu casa a reparar algo, tienes derecho a conocer el precio total antes de que empiece y a recibir una factura con cada concepto separado. Si lo que se arregla es un electrodoméstico u otro aparato de uso doméstico, el Real Decreto 58/1988 añade un presupuesto previo por escrito y una garantía mínima de tres meses sobre la reparación. Cuando la avería era urgente y llamaste tú, no puedes desistir de lo que pediste, pero sí de lo que te hayan hecho o vendido de más.
Qué norma se aplica según lo que te reparen
El Real Decreto 58/1988 regula la instalación, el mantenimiento y la reparación de aparatos de uso doméstico: bienes de consumo duradero que funcionan con cualquier tipo de energía, como la lavadora o el frigorífico (art. 1). Para un cerrajero, un fontanero o un albañil no rige ese real decreto, sino las reglas generales del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores (TRLGDCU) y las normas de consumo de tu comunidad autónoma. El propio Real Decreto 58/1988 se aplica solo de forma supletoria donde la comunidad tenga normas propias (disposición adicional segunda).
Un ejemplo de norma autonómica es el Código de consumo de Cataluña (Ley 22/2010): exige presupuesto previo cuando no puedes calcular el precio, salvo que renuncies de tu puño y letra (art. 251-3), garantiza los servicios al menos seis meses si no hay norma específica (art. 251-5) y prohíbe cobrar recargos por urgencia o disponibilidad inmediata (art. 251-7.4). Otras comunidades tienen reglas distintas, así que comprueba la tuya antes de reclamar.
| Qué puedes exigir | Aparatos de uso doméstico (RD 58/1988) | Cualquier reparación (TRLGDCU) |
|---|---|---|
| Precio | Derecho a presupuesto previo por escrito, válido al menos 30 días (art. 3.1). Solo pagas su elaboración si lo rechazas, con un tope de 15, 30 o 60 minutos de mano de obra según el aparato (art. 3.5) | Precio total con impuestos, o la forma de calcularlo, antes de contratar (art. 60.2.c) |
| Factura | Operaciones, piezas, tiempo de mano de obra y desplazamiento, cada uno con su importe (art. 5.1). El desplazamiento se cobra una sola vez y nunca si no estabas en casa (art. 5.4) | Documento con las condiciones esenciales y factura en papel, salvo que aceptes la electrónica (art. 63) |
| Piezas | Nuevas, salvo que aceptes otras por escrito (art. 4.1). Puedes quedarte las sustituidas (art. 4.2). Prohibido cambiar piezas sin necesidad (art. 4.4) | Prohibido encarecer el repuesto al montarlo; los conceptos van separados en la factura (art. 127 bis.2) |
| Garantía | Tres meses como mínimo desde la entrega; si la avería se repite, la nueva reparación es gratuita, con piezas, transporte y desplazamiento (arts. 6.2, 6.4 y 6.6) | La que fije la norma autonómica o el contrato |
La urgencia no autoriza cualquier cobro
Un contrato que firmas en tu casa es un contrato celebrado fuera del establecimiento (art. 92.2.a TRLGDCU). El técnico tiene que darte la información en papel (o en otro soporte duradero, si aceptas), incluido el derecho de desistimiento, y una copia del contrato o su confirmación, y es él quien debe probar que lo hizo (art. 99). La regla general es que puedes desistir en 14 días naturales, que son 30 si la visita no la pediste tú (art. 102.1).
Hay una excepción pensada para las urgencias: si llamaste tú para una reparación o un mantenimiento urgente, no hay desistimiento de ese trabajo. Pero si en la visita el técnico presta servicios distintos de los que pediste o te vende bienes que no son las piezas imprescindibles para la reparación, sobre esos extras sí puedes desistir (art. 103.h). Por ejemplo, llamas para abrir la puerta y te montan además una segunda cerradura que no habías pedido. Lo que te sirvan sin haberlo solicitado no se puede cobrar (art. 66 quater).
Antes de que empiece, pide el precio por escrito, aunque sea en un mensaje, y no firmes documentos en blanco ni una renuncia al presupuesto sin leerla. Si el técnico no quiere darte precio, no estás obligado a contratar con él.
Si ya te han cobrado de más
- Pide la factura desglosada si no te la dieron. Sin ella es difícil saber qué se cobró por mano de obra, piezas y desplazamiento.
- Reclama por escrito a la empresa la devolución del exceso. En los aparatos domésticos, el servicio técnico debe devolverte de inmediato lo cobrado por encima de los precios anunciados o del presupuesto aceptado (art. 6.9 del RD 58/1988).
- Pide la hoja de reclamaciones y, si no hay acuerdo, acude a consumo o al arbitraje: hoja de reclamaciones y arbitraje.
- Si pagaste con tarjeta, pregunta en tu banco si tu caso permite pedir la retrocesión del cargo y en qué plazo.
- Si hay que ir al juzgado, antes debes intentar un medio adecuado de solución de controversias (art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025). Hasta 2.000 € puedes presentar la demanda de juicio verbal sin abogado ni procurador (arts. 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Cómo reclamar paso a paso.
Cuándo es estafa y cuándo es un problema de consumo
Cobrar caro no es, por sí solo, un delito. Hay estafa cuando alguien, con ánimo de lucro, usa un engaño bastante para que hagas un pago en tu perjuicio (art. 248 del Código Penal). Puede haberla, por ejemplo, si te facturan trabajos que no se hicieron, te inventan una avería o se presentan como servicio técnico oficial de una marca sin serlo. Usar referencias a una marca que hagan creer que se es su servicio oficial está prohibido a los talleres que no lo son (art. 1.2.3 del RD 58/1988). Si hubo engaño, puedes denunciar además de reclamar: estafa: cómo recuperar el dinero.
Lo práctico: guarda el anuncio por el que llamaste, el mensaje con el precio, la factura, el justificante de pago y fotos del trabajo. Antes de llamar a nadie, mira si tu seguro de hogar incluye asistencia de cerrajería o fontanería.
Preguntas que nos hacéis cada semana
Pedí presupuesto para la lavadora y no lo acepté. ¿Tengo que pagar algo?
Solo su elaboración, y con tope: 15 minutos de mano de obra en pequeños aparatos, 30 en línea blanca y 60 en línea marrón y electrónica (art. 3.5 del RD 58/1988).
¿Cuánto dura la garantía de la reparación de un electrodoméstico?
Tres meses como mínimo desde la entrega; si la avería vuelve, la nueva reparación es gratuita, con piezas y desplazamiento. Se pierde si otro taller manipula el aparato, y si el servicio técnico alega un mal uso, tiene que probarlo él (art. 6 del RD 58/1988). Para el coche: reclamar al taller.
El cerrajero me cobró un recargo por urgencia. ¿Es legal?
Depende de tu comunidad. En Cataluña está prohibido (art. 251-7.4 del Código de consumo). En todo caso, el precio total tenía que conocerse antes de contratar (art. 60.2.c TRLGDCU).
La reparación no ha servido de nada. ¿Qué hago?
Si el aparato aún estaba en garantía legal, la tienda responde: cuando la reparación no lo soluciona. Si pagaste tú la reparación, reclama dentro de los tres meses de garantía.
Te llama un abogado de consumo
en menos de 48 horas.
Sin compromiso y sin coste. Y si hay que actuar, el precio está publicado antes de que nos llames y se paga hasta en 12 cuotas: servicios y precios de consumo →
Un abogado te llamará en menos de 48 horas (días laborables). No compartimos tus datos con nadie. También por WhatsApp: 605 443 928
Continúa tu historia
→ Hoja de reclamaciones y arbitraje de consumo
→ Reclamar al taller del coche
→ La reparación no arregla nada
→ Estafa: cómo recuperar el dinero
→ Las pruebas que hay que guardar
Marco legal: arts. 1, 3, 4, 5, 6 y disposición adicional segunda del Real Decreto 58/1988 · arts. 60, 63, 66 quater, 92, 99, 102, 103 y 127 bis del TRLGDCU (Real Decreto Legislativo 1/2007) · arts. 251-3, 251-5 y 251-7 del Código de consumo de Cataluña (Ley 22/2010) · art. 248 del Código Penal · art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025 · arts. 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Contenido revisado por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
