Trabajo
Permiso por fuerza mayor familiar: retribuido por ley
El Supremo (STS 416/2026) dice que el permiso por fuerza mayor familiar del art. 37.9 ET es retribuido por ley, aunque el convenio no lo recoja.
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El Supremo (STS 416/2026) dice que el permiso por fuerza mayor familiar del art. 37.9 ET es retribuido por ley, aunque el convenio no lo recoja.
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