Segunda Oportunidad: los documentos y el calendario, paso a paso

Jorge Werner
Te lo explica · The Juris Deudas
Jorge Werner · Socio
Consulta gratis · te llamamos en 48 h · precio publicado, hasta 12 cuotas
Que me llamen
TU VIDA ▸ DEUDAS ▸ Segunda Oportunidad: los documentos y el…
● ESTÁS AQUÍ

Para pedir la Segunda Oportunidad presentas en el juzgado de lo mercantil una solicitud de concurso, con abogado y procurador, acompañada de una memoria de cómo llegaste a la insolvencia, el inventario de tus bienes y la lista de tus acreedores (arts. 6, 7 y 510 del texto refundido de la Ley Concursal). Después, el calendario depende de la vía: sin bienes, el juez declara el concurso sin masa y, si en quince días ningún acreedor pide un administrador concursal, pides la exoneración (arts. 37 bis, 37 ter y 501); con plan de pagos, lo presentas y los acreedores tienen diez días para alegar (art. 498).

Los documentos, uno por uno

DocumentoPara qué sirveDónde se consigue
DNI o NIE y empadronamientoIdentificarte y fijar el juzgado competenteAyuntamiento
Certificado de matrimonio o de pareja inscrita, y capitulaciones si las haySaber qué bienes comunes entran en el concurso (art. 193)Registro Civil, notaría o registro de parejas
Vida laboral, nóminas, certificado de pensión o de prestaciónAcreditar tus ingresos y qué parte es inembargableSeguridad Social, empresa, SEPE
Declaraciones del IRPF de los tres últimos años, o certificado de no estar obligadoSe aportan con la solicitud de exoneración y con el plan de pagos (arts. 495 y 501)Sede de la Agencia Tributaria
Certificados de deudas con Hacienda y con la Seguridad SocialEl crédito público tiene reglas propias (art. 489.1.5.º)Sedes de la Agencia Tributaria y de la Tesorería
Contratos, extractos y cartas de cada deuda; informe de la CIRBE y de los ficheros de morososHacer la lista completa de acreedores: el auto de exoneración identifica los créditos uno a unoCada acreedor, Banco de España, ASNEF y Experian
Extractos de todas tus cuentas de los últimos años (nosotros pedimos tres)Probar tu buena fe: el juez revisa de oficio las causas del art. 487Tu banco
Escrituras, nota simple, tasación e hipoteca; ficha del cocheInventario de bienes (art. 7) y elección entre plan y liquidaciónRegistro de la Propiedad, notaría, DGT
Demandas, monitorios, embargos y ejecuciones en cursoPedir que se suspendan (arts. 142 y 143)Tus notificaciones o el juzgado
Memoria: tu historia económica y por qué no puedes pagarEs lo que el juez lee primero (art. 7)La redactamos contigo
El equipo de The Juris en la oficina
El equipo de The Juris en la oficina de Barcelona.Conoce al equipo →

El calendario, según la vía

Concurso sin masa (no tienes bienes que vender, o valen menos que su coste de venta o que sus cargas: art. 37 bis):

FasePlazoNorma
Auto de concurso sin masa, publicado en el BOE y en el Registro Público ConcursalLo fija el juzgadoArt. 37 ter.1
Los acreedores que sumen al menos el 5 % del pasivo pueden pedir un administrador concursal15 días desde el día siguiente a la publicaciónArt. 37 ter.1
Si lo piden: informe del administrador sobre posibles bienes, rescisiones o culpabilidadUn mesArts. 37 quater y 37 quinquies
Solicitud de exoneración10 días desde que vence el plazo de 15 o desde el informe sin indiciosArt. 501.1
Traslado a los acreedores personados10 díasArt. 501.4
Sin oposición, el juez verifica los requisitos y concede la exoneración al concluir el concursoCon la resolución de conclusiónArt. 502

Plan de pagos: se presenta antes de que empiece la liquidación (art. 495); los acreedores tienen diez días para alegar (art. 498.1) y diez para impugnar (art. 498 bis); si se aprueba, obtienes la exoneración provisional (art. 498.2), cumples el plan durante tres o cinco años (art. 497) y después llega la definitiva (art. 500). Liquidación: se venden los bienes y la exoneración se pide en el plazo para oponerse a la conclusión del concurso (art. 501.2). Plan de pagos o liquidación.

Desde cuándo estás protegido: desde la declaración de concurso no se pueden iniciar ejecuciones contra ti y las que están en curso se suspenden (arts. 142 y 143). Presentar la solicitud no basta por sí sola: lo que protege es el auto que declara el concurso.

Lo que declaras y lo que comprueba el juez

En la solicitud de exoneración declaras que no incurres en ninguna de las causas que la impiden (art. 501.3), y el juez lo comprueba de oficio aunque ningún acreedor se oponga (STS 262/2026, de 18 de febrero). Por eso los documentos no son un trámite: son la prueba de tu buena fe. Lo que no cuentes ahora puede servir después para revocar la exoneración (art. 493).

Lo que hacemos: te damos la lista adaptada a tu caso, pedimos nosotros lo que se puede pedir (CIRBE, certificados, contratos a los acreedores) y redactamos la memoria contigo. Estudio gratuito; precio publicado de 3.200 € sin bienes y 4.900 € con vivienda o como autónomo, en servicios de deudas.

Preguntas que nos hacéis cada semana

¿Necesito abogado y procurador?

Sí. En el concurso de una persona física son obligatorios desde la solicitud (art. 510 del texto refundido de la Ley Concursal).

No tengo los contratos de mis deudas.

Para empezar basta con saber quién es el acreedor y el importe aproximado. Los contratos y los saldos se piden a cada acreedor, y la CIRBE del Banco de España muestra las deudas con bancos y financieras.

¿Tengo que aportar las cuentas de mi pareja?

Las cuentas comunes, sí. Si estáis casados en gananciales, los bienes comunes que deban responder entran en el concurso (art. 193), así que hay que conocerlos.

¿Qué no debo hacer mientras preparo los papeles?

No pidas préstamos nuevos ni uses tarjetas para pagar otras deudas, no vendas ni regales bienes y no pagues a un acreedor por delante de los demás. Todo eso puede volverse en tu contra en el examen de buena fe o en una acción de rescisión (art. 226).

¿Es tu caso? · Consulta gratis
Cuéntanos qué te pasa.
Te llama un abogado de deudas y segunda oportunidad
en menos de 48 horas.

Sin compromiso y sin coste. Y si hay que actuar, el precio está publicado antes de que nos llames y se paga hasta en 12 cuotas: servicios y precios de deudas y segunda oportunidad →

Un abogado te llamará en menos de 48 horas (días laborables). No compartimos tus datos con nadie. También por WhatsApp: 605 443 928

Continúa tu historia

→ El concurso sin masa, paso a paso
→ Plan de pagos o liquidación
→ Requisitos y buena fe
→ Cuánto cuesta y cuánto dura
→ Todos los plazos de las deudas

Consulta gratis. Te llamamos en 48 h.Quiero que me llamen
Manel y Jorge
The Juris · Disponibles ahora
Somos Manel y Jorge. ¿Tienes una duda legal? Escríbenos y te respondemos hoy.
ESCRIBIR AHORA