¿Cuánto pueden embargarte de la nómina? Calculadora y escala 2026

Jorge Werner
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Jorge Werner · Socio
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De tu nómina no pueden embargarte lo que quieran: hasta 1.221 €/mes (el SMI de 2026) es intocable, y por encima solo por tramos del 30% al 90%. Pon tu sueldo neto en la calculadora y te decimos, con la escala legal del artículo 607 LEC, cuál es la retención máxima orientativa — y cuánto debe quedarte sí o sí.

La escala de 2026, tramo a tramo

Parte de tu sueldo neto mensualPorcentaje embargableMáximo de ese tramo
Hasta 1.221 €0 %0 €
De 1.221 € a 2.442 €30 %366,30 €
De 2.442 € a 3.663 €50 %610,50 €
De 3.663 € a 4.884 €60 %732,60 €
De 4.884 € a 6.105 €75 %915,75 €
Más de 6.105 €90 %El 90 % de lo que exceda

Cada tramo mide lo mismo que un salario mínimo (1.221 € al mes en 2026, según el Real Decreto 126/2026) y se le aplica su porcentaje (art. 607.2 LEC). Con 1.500 € netos, el máximo es de 83,70 € al mes; con 2.000 €, de 233,70 €; con 3.000 €, de 645,30 €. La base es lo que cobras neto, después de las retenciones de IRPF y de las cotizaciones (art. 607.5).

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Pagas extra, otros ingresos y cargas familiares

  • Pagas extra. Hacienda sigue el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central: en el mes en que cobras la paga extra junto a la nómina, lo inembargable es el doble del salario mínimo (2.442 € en 2026); si las pagas están prorrateadas, es el salario mínimo anual entre doce, 1.424,50 € al mes (resolución de 17 de mayo de 2022, RG 1975/2022). En los juzgados no hay doctrina uniforme del Supremo, así que conviene alegarlo.
  • Varios ingresos. Si cobras de más de un sitio, se suman para aplicar la escala; y si estás casado y no en separación de bienes, también pueden sumarse los ingresos de tu cónyuge (art. 607.3). Cómo se calcula.
  • Cargas familiares. El juzgado puede rebajar los porcentajes entre un 10 y un 15 % si tienes familia a tu cargo (art. 607.4). No es automático: hay que pedirlo y acreditarlo.
  • Autónomos. La misma escala se aplica a los ingresos de una actividad profesional o mercantil (art. 607.6).

Lo que no sigue esta escala

  • Las pensiones de alimentos: el juez fija la cantidad sin estos límites, y desde 2025 también puede hacerlo con la pensión compensatoria si quien la reclama acredita que la necesita (art. 608 LEC).
  • El dinero que ya está en tu cuenta: si ahí cobras la nómina, Hacienda respeta los mismos límites (art. 171.3 de la Ley General Tributaria), y el Tribunal Supremo ha declarado inembargable el saldo que procede de nóminas anteriores (STS 920/2026). Embargo de la cuenta.
  • La pensión, el paro y el IMV tienen sus propias reglas. Embargo de pensión, paro e IMV.

Si te retienen más de lo que permite la escala, el embargo es nulo en lo que exceda: se pide al juzgado que lo ordenó (art. 609 LEC) o, si es de Hacienda, con un recurso de reposición en el plazo de un mes (art. 223 LGT).

Lo que hacemos: revisamos la retención de tu nómina o de tu cuenta y, si excede los límites, pedimos que se corrija y se devuelva lo retenido de más. Precio publicado: 390 €, en servicios de deudas.

Preguntas que nos hacéis cada semana

¿La empresa puede negarse a aplicar el embargo?

No. Recibe la orden y está obligada a retener e ingresar la cantidad. Si crees que está mal calculada, lo discutes con el juzgado o el organismo que la dictó, no con la empresa.

¿Se entera mi empresa de mis deudas?

Recibe la orden de retención con los datos imprescindibles del procedimiento. Un embargo de nómina no es causa de despido.

¿Cuánto me pueden embargar el mes de la paga extra?

Frente a Hacienda, ese mes lo intocable es el doble del salario mínimo: 2.442 € en 2026. En un embargo judicial hay que pedir al juzgado que aplique el mismo criterio.

¿Puedo pactar con el acreedor otra cifra?

Sí. Un acuerdo de pago puede levantar el embargo. Negocia con la deuda revisada. Negociar una quita.

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