El paro tras el despido: plazos, cuantía y la trampa del pactado

Manel Espinosa y Jorge Werner
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Tras el despido corre un segundo plazo que no espera a papeletas ni juicios: tienes 15 días hábiles desde el cese para solicitar la prestación por desempleo. La buena noticia triple: cualquier despido da derecho a paro (también el disciplinario), reclamar tu despido no afecta a la prestación, y la cita se pide online en dos minutos. Cobrarás en torno al 70 % de tu base reguladora los primeros 180 días (60 % después), entre 4 y 24 meses según lo cotizado. Aquí va todo: plazos, cuantías, y la trampa del «despido pactado».

⏱ TU RELOJ — aquí hay DOS

HOY — estás aquí→Día 15 hábil: SEPE→Día 20 hábil: papeleta→Conciliación → Juicio → Cobro

NO DEJES PASAR ESTO: el plazo del SEPE (15 días) vence ANTES que el de la demanda (20). Solicitar tarde descuenta días de prestación; los dos trámites son independientes y compatibles.

Cómo se pide, en cuatro pasos

PasoQué hacesDetalle que importa
1 · Situación legal de desempleoNada — el despido (cualquiera) ya te la daLa empresa debe enviar tu certificado de empresa; si no lo ha enviado, apórtalo tú o acredita el despido con otro documento — no esperes por él
2 · SolicitudSede electrónica del SEPE (Cl@ve/certificado) o cita previa presencialDentro de los 15 días hábiles desde el fin del preaviso o del cese efectivo
3 · DocumentaciónDNI, cuenta bancaria y poco másLos datos de cotización ya los tiene el sistema
4 · Resolución y cobroNómina del 10 al 15 del mes siguienteMantén el acuerdo de actividad y renueva la demanda de empleo (los «sellados») — su olvido es la sanción más tonta y frecuente
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Cuánto y durante cuánto tiempo

Cuantía: el 70 % de tu base reguladora (media de tus bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días, sin horas extra) durante los primeros 180 días de prestación, y el 60 % después — con topes máximos y mínimos según tus hijos a cargo. Ojo: la base de cotización suele ser mayor que tu «neto mental», así que no descartes el paro por intuición. Duración: por tramos de cotización de los últimos 6 años — desde 4 meses (con 360 días cotizados, el mínimo) hasta 24 meses (con 6 años). Menos de 360 días cotizados no da prestación contributiva, pero abre la puerta del subsidio: pregúntanos por tu caso concreto, que el mapa de subsidios cambió en 2024 y casi nadie lo tiene al día.

La trampa del «despido pactado» (y cómo pactar sin trampa)

El clásico: «te hago un despido para que cobres el paro» a quien en realidad quiere irse. Riesgo real: si el SEPE o la Inspección detectan la connivencia (dimisión disfrazada, indemnización devuelta por detrás, contrataciones circulares), hablamos de devolución de todo lo cobrado + sanción — y la empresa también se juega la suya. La versión legal existe y se firma cada día: un despido REAL (objetivo o disciplinario luego conciliado como improcedente) con acuerdo en SMAC — indemnización auténtica, papel oficial y paro intacto. La diferencia entre fraude y acuerdo es la forma; para eso estamos.

Paro y demanda: matrimonio bien avenido

Cobrar el paro mientras demandas es lo normal y lo correcto. Si al final hay readmisión con salarios de tramitación, el SEPE regularizará lo cobrado (se compensa — no es un drama, es contabilidad); si hay indemnización por improcedente, tu prestación no se toca. Y si encuentras trabajo durante el pleito, la prestación se suspende si el contrato dura menos de 12 meses (art. 271.1.d LGSS); si dura 12 meses o más, se extingue, con derecho a optar después entre la prestación antigua y la nueva (arts. 272.1.c y 269.3 LGSS). Ninguna combinación te penaliza por haber reclamado: el sistema está diseñado para que reclames.

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Preguntas que nos hacéis cada semana

¿La indemnización del despido me quita o retrasa el paro?

No: la indemnización legal es compatible con la prestación desde el día uno y no computa como renta a estos efectos. Cobras ambas — son conceptos distintos por daños distintos.

Me despidieron con preaviso de 15 días. ¿Cuándo empieza mi plazo?

Al terminar la relación de verdad: el último día trabajado (fin del preaviso). Durante el preaviso sigues de alta y cotizando. Si te pagaron el preaviso sin trabajarlo, el cese es la fecha de efectos de la carta — y ahí arranca todo.

¿Puedo capitalizar el paro para montar algo por mi cuenta?

Sí — el pago único para iniciar actividad como autónomo o entrar en cooperativa/sociedad laboral sigue vivo, con requisitos (no haberlo usado en 4 años, iniciar tras la solicitud). Si el despido va a ser tu empujón emprendedor, planifícalo ANTES de gastar prestación: el orden de los trámites cambia el resultado.

Pedí el paro el día 20 hábil. ¿Qué pierdo?

La solicitud fuera de plazo no mata el derecho, pero descuenta: pierdes tantos días de prestación como días de retraso. Cinco días tarde = cinco días de paro regalados. Por eso este nodo insiste: SEPE primero, papeleta después, y los dos esta semana.

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Marco legal de esta página

Arts. 266-270 LGSS (situación legal de desempleo — incluido el despido disciplinario —, solicitud en 15 días hábiles, cuantía 70/60 % de la base reguladora, duración por cotización, alta y descuento por solicitud tardía) · Art. 268.2 LGSS (efectos del retraso) · Art. 296.3 LGSS y RD 1044/1985 (pago único/capitalización) · RDL 2/2024 (reforma del nivel asistencial/subsidios) · LISOS arts. 23.1.c (connivencia de la empresa), 24-26 (infracciones de los beneficiarios, incluida la connivencia del art. 26.3) y 47 (sanciones). Revisión trimestral por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.

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