
Te han despedido y la empresa se hace la sueca: ni carta, ni nóminas, ni certificado de empresa. Tranquilidad en tres frases: casi todos los papeles se pueden conseguir por otra vía o suplir con prueba; la falta de carta perjudica a la empresa, no a ti (sin causa escrita, el despido apunta a improcedente); y el paro no se bloquea — si no te dan el certificado de empresa, el SEPE puede requerirlo de oficio y tu solicitud sigue adelante. Aquí tienes el mapa de cada documento: quién lo tiene, cómo se exige y qué hacer si no aparece.
⏱ TU RELOJ
NO DEJES PASAR ESTO: que falten papeles NO pausa tus 20 días. La papeleta se presenta igual — los documentos se piden y se pelean en paralelo.
Documento a documento: quién lo tiene y cómo se saca
| Documento | Para qué lo necesitas | Cómo conseguirlo si la empresa no lo da |
|---|---|---|
| Carta de despido | Conocer la causa y la fecha de efectos (tu plazo) | Burofax exigiéndola. Si no llega: el despido verbal se prueba con testigos y mensajes — y sin carta, la empresa no podrá defender causa en juicio |
| Nóminas | Calcular tu salario regulador (indemnización) | Tu banco (ingresos), tu correo, la app de RRHH mientras funcione. En juicio se exigen a la empresa (aportación documental) y su negativa la retrata |
| Certificado de empresa | El paro | La empresa debe remitirlo telemáticamente al SEPE en 10 días. Si no: solicita el paro IGUAL en tus 15 días hábiles y denuncia la falta — el SEPE lo requiere de oficio y la sanción es para ellos |
| Vida laboral | Antigüedad exacta (tu indemnización) | Esa NO la tiene la empresa: la pides TÚ a la TGSS online en 2 minutos (Import@ss), llega al momento |
| Contrato | Condiciones, antigüedad, cláusulas | Copia en el SEPE (los contratos se registran) o en tu email de la firma. Su ausencia nunca te perjudica a ti |
| Cuadrantes / registro horario | Horas extra impagadas para el finiquito | La empresa está obligada a conservar el registro 4 años; se exige en juicio y la ITSS puede requerirlo |
El burofax de los papeles (y el efecto secundario que te interesa)
Un solo burofax lo pide todo: «habiéndoseme comunicado el despido con efectos del [fecha], solicito copia de la carta de despido, nóminas de los últimos 12 meses, certificado de empresa y liquidación de haberes, en el plazo de 5 días». Produce dos efectos: o aparecen los papeles, o queda probado por escrito que la empresa los oculta — que en juicio vale casi tanto como tenerlos, porque el juez puede tener por ciertos tus datos cuando quien debía aportar el documento no lo hace. La empresa que esconde papeles suele estar escondiendo un despido mal hecho.
Si la cosa es grave: la Inspección de Trabajo
Sin certificado de empresa, sin alta correcta, sin nóminas de meses… la denuncia ante la ITSS es gratuita, puede ser confidencial y se presenta online. No sustituye a tu demanda (plazos distintos), pero presiona rápido: la multa por no entregar el certificado de empresa o por defectos de cotización se la come la empresa, y el expediente de la Inspección es prueba que después usas tú.
Te llama un abogado de derecho laboral
en menos de 48 horas.
Sin compromiso y sin coste. Y si hay que actuar, el precio está publicado antes de que nos llames y se paga hasta en 12 cuotas: servicios y precios de derecho laboral →
Un abogado te llamará en menos de 48 horas (días laborables). No compartimos tus datos con nadie. También por WhatsApp: 605 443 928
Continúa tu historia
- Si acaba de pasar — Las primeras 48 horas en orden
- Con la vida laboral en la mano — Calcula tu indemnización
- Con (o sin) la carta — ¿Qué despido es el mío?
- El camino — Reclamar paso a paso sin esperar a nadie
Preguntas que nos hacéis cada semana
¿Pueden negarme la copia de mi propia carta de despido?
No deberían — la comunicación escrita es obligación legal en el despido disciplinario y objetivo. Si te la enseñaron pero no te la dieron, apunta lo que recuerdes (causa, fecha) y exígela por burofax: en juicio, la carta la tendrá que aportar la empresa y no podrá alegar nada que no esté en ella.
¿El SEPE me va a rebotar sin el certificado de empresa?
No: presenta tu solicitud en plazo con lo que tengas (carta o burofax, DNI, cuenta) y el impreso de «Declaración de carencia de documentación» que te da la oficina. La obligación de remitir el certificado es de la empresa y el SEPE está habituado a requerirlo — lo que sí te tumba la prestación es dejar pasar tus 15 días hábiles esperándolo.
Me borraron el acceso al correo y a la app de RRHH el mismo día. ¿Es legal?
Cortar accesos al cesar es práctica normal; lo relevante es que eso no extingue tu derecho a los documentos. Por eso la regla de las primeras 48 horas es reenviarte lo tuyo ANTES de salir — y si ya no llegaste a tiempo, todo lo de esta página existe precisamente para eso.
¿Cuánto tarda la vida laboral?
Al momento: en Import@ss (TGSS) con Cl@ve, certificado digital o SMS se descarga en PDF en dos minutos. Es el primer papel que pedimos siempre, porque no depende de nadie más que de ti.
¿La empresa se esconde y tu plazo corre? Cuéntanos qué papeles te faltan: preparamos el burofax, presentamos la papeleta a tiempo y que los documentos aparezcan por las malas. Escríbenos ahora — estudiamos tu caso sin compromiso.
Marco legal de esta página
Arts. 53.1 y 55.1 ET (comunicación escrita del despido) · Art. 267 y ss. LGSS y normativa SEPE (certificado de empresa: remisión telemática obligatoria; solicitud del trabajador en 15 días hábiles; requerimiento de oficio) · Art. 94.2 LRJS (efectos de no aportar documentos requeridos en juicio) · Art. 34.9 ET (registro horario, conservación 4 años) · LISOS (infracciones por no entregar documentación). Revisión trimestral por el equipo jurídico de The Juris · octubre de 2026.
