
Respuesta directa: pase lo que pase en tu vida digital, el orden correcto es siempre el mismo: 1) guarda las pruebas, 2) frena el daño, 3) denuncia o reclama, 4) pide tu indemnización, 5) blíndate. No respondas al atacante ni borres nada antes del paso 1. Esta guía te lleva de la mano por los cinco pasos, con los plazos y los formularios de cada uno.
Paso 1 — Hoy mismo: guarda las pruebas (sin esto, lo demás cojea)
Todo lo que consigas después — la retirada, la sanción, tu indemnización — dependerá de lo que guardes ahora. La prueba digital desaparece con un clic del atacante, así que este paso va primero y va hoy.
- Capturas de pantalla completas: que se vea el contenido, el nombre del perfil que lo publica, la fecha y la dirección de la página (la barra del navegador incluida).
- Copia los enlaces exactos de cada publicación y guárdalos en un documento con la fecha en que los copiaste.
- Descarga el contenido si la plataforma lo permite (vídeo, audio, imágenes).
- No borres tus propios mensajes ni las conversaciones previas: el contexto también es prueba.
- No respondas ni amenaces por escrito: cualquier cosa que digas puede volverse en tu contra o alertar al atacante para que borre el rastro.
⚡ Si te están extorsionando con contenido íntimo: no pagues y no negocies. Pagar no detiene la amenaza — la confirma. Guarda la conversación entera y pasa directamente al paso 2 y al paso 3 hoy mismo.
Paso 2 — Primeras 24-48 horas: frena el daño
Antes de pensar en juicios, corta la difusión. Hay dos palancas, y conviene usarlas en este orden:
- Denuncia dentro de la propia plataforma. Instagram, TikTok, X, Google, YouTube y el resto tienen un botón de denuncia en cada publicación. Es el camino más rápido (horas o pocos días).
- Canal prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos — solo para fotos, vídeos o audios de contenido sexual o violento difundidos sin tu permiso. Es gratuito y la Agencia puede pedir la retirada urgente a la plataforma. No sirve si la difusión es por WhatsApp, Telegram u otra mensajería, ni por correo electrónico. Al rellenarlo te pedirán: qué ha pasado, las direcciones exactas donde está el contenido, si ya lo denunciaste a la plataforma, y tus pruebas.
Paso 3 — Esta semana: denuncia o reclama (tabla de vías según tu caso)
No hay una sola puerta: la vía correcta depende de lo que te hayan hecho. Esta tabla te dice cuál es la tuya, qué cuesta y cuánto tarda:
| Qué te ha pasado | Dónde acudir | Coste y tiempo |
|---|---|---|
| Han difundido fotos o vídeos íntimos tuyos | Canal prioritario de la Agencia + denuncia en Policía (es delito: prisión de 3 meses a 1 año o multa) | Gratis · retirada urgente en días |
| Alguien REENVIÓ tu contenido íntimo que había recibido | Denuncia en Policía — también es delito desde 2022 (multa de 1 a 3 meses) | Gratis |
| Te acosan o amenazan de forma repetida | Denuncia en Policía o Guardia Civil con todas tus pruebas | Gratis |
| Se hacen pasar por ti o abren cuentas a tu nombre | Denuncia policial + aviso a tu banco y a los ficheros de morosos | Gratis |
| Usan tus datos sin permiso (spam, ficheros, cámaras…) | Reclamación a la Agencia de Protección de Datos | Gratis · admisión en 3 meses; sancionador hasta 12 meses |
| Una empresa no responde a tus derechos (borrar, acceder…) | Primero por escrito a la empresa; si en 1 mes no contesta, a la Agencia | Gratis |
| Te difaman (reseñas, publicaciones) | Retirada a la plataforma + demanda civil por el honor si el daño es serio | La demanda requiere abogado |
✔ Un dato que tranquiliza: el Tribunal Supremo ha dejado claro que el delito de difundir contenido íntimo se comete aunque se haya enviado a una sola persona. No hace falta que se haga viral para denunciar — ni para ganar.
Paso 4 — Después: tu indemnización
Retirar el contenido y castigar al responsable repara la mitad del daño. La otra mitad es tuya: la indemnización por lo que has pasado.
- Si hubo delito: puedes pedir la indemnización dentro del propio proceso penal — el mismo juez que condena fija lo que te deben pagar. No necesitas un segundo juicio.
- Si no hubo delito pero sí daño (difamación, intromisión en tu intimidad o tu imagen): demanda civil por la ley del honor. La cuantía depende de la gravedad, la difusión y el beneficio del atacante.
- El plazo de la demanda civil es de 4 años desde que pudiste ejercitarla (art. 9.5 LO 1/1982); si hay delito, rigen los plazos penales, y las injurias y calumnias prescriben al año (art. 131.1 CP). Parece mucho — no lo es: las pruebas envejecen mal. No lo dejes dormir.
Paso 5 — Blíndate para que no se repita
- Cambia las contraseñas de correo, banco y redes — empezando por el correo, que es la llave de todo lo demás.
- Activa la verificación en dos pasos en todas las cuentas importantes.
- Revisa desde qué dispositivos hay sesión abierta y cierra las que no reconozcas.
- Busca tu nombre en Google cada pocos meses. Si algo indebido reaparece, ya conoces el camino, y las infracciones anteriores del responsable cuentan al graduar la multa de protección de datos (art. 83.2.e RGPD).
Los errores que vemos cada semana (y cómo evitarlos)
- Responder al atacante: le das material nuevo y tiempo para borrar el suyo.
- Borrar la conversación «por vergüenza»: acabas de destruir tu mejor prueba. Guárdalo todo; tu abogado no te va a juzgar.
- Pagar en una sextorsión: quien paga una vez, recibe la segunda petición.
- Esperar «a ver si se pasa»: cada día en línea multiplica el daño y acerca la prescripción.
¿Puedo denunciar si yo mismo envié las fotos?
Sí, con total claridad: enviárselas a alguien de confianza no autoriza a difundirlas. La ley castiga precisamente ese caso — contenido obtenido con tu permiso y difundido sin él.
¿La reclamación a la Agencia de Protección de Datos necesita abogado?
No. Es gratuita y puedes presentarla tú mismo por internet con Cl@ve o certificado digital, o en papel. Un abogado suma cuando además quieres indemnización o el caso es complejo.
¿Y si no sé quién está detrás del perfil?
Denuncia igualmente: el juzgado puede ordenar a la plataforma identificar al autor. Es más lento, pero funciona — y mientras tanto la retirada del contenido no espera.
¿Cuánto puede tardar todo el proceso?
La retirada: de horas a días. La Agencia: tres meses para admitir la reclamación y hasta doce para el procedimiento sancionador. Un proceso penal con indemnización: no tiene plazo fijo; depende del juzgado y de si hay que identificar al autor. Por eso el orden importa: primero se frena el daño, después se cobra la factura.
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QUE ME LLAME UN ABOGADODónde lo dice la ley: difusión de contenido íntimo y su reenvío, art. 197.7 del Código Penal (reforzado por la Ley Orgánica 10/2022) · acoso, art. 172 ter · suplantación, art. 401 · tus derechos sobre tus datos, arts. 15-22 del RGPD y LOPDGDD (canal prioritario incluido) · indemnización en el proceso penal, arts. 109-116 CP · honor, intimidad e imagen y su plazo de 4 años, Ley Orgánica 1/1982 (art. 9.5) · criterio del envío único, sentencia del Tribunal Supremo de 24 de febrero de 2020 (ECLI:ES:TS:2020:492). Revisado en octubre de 2026.
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